Fecha de Publicación: 17/01/2023
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Carilla: 3

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 53

   Con el sorteo u ordenamiento aleatorio se obtendrá el orden de los Incisos a los cuales se les asignará los candidatos de la lista de prelación homologada vigente, adjudicándoseles por su orden uno a cada Inciso, hasta agotar las necesidades planteadas.

   Tanto el sorteo u ordenamiento aleatorio como la asignación correspondiente, se registrarán por Acta administrativa ante Escribano Público.
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