Las listas de prelación de los llamados tendrán una vigencia de dieciocho meses a partir de la homologación del fallo del Tribunal por parte del Jerarca de la Oficina Nacional del Servicio Civil.
Se podrá hacer uso de la/s lista/s de prelación vigente/s, durante todo el período de los dieciocho meses, sin perjuicio de los trámites administrativos posteriores para hacer efectiva la contratación.