Fecha de Publicación: 17/01/2023
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 33

   En los casos que la Oficina Nacional del Servicio Civil autorizara el Concurso de Méritos y Antecedentes de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 6 del presente Decreto, los factores de evaluación se ajustarán a la siguiente tabla:

   a) Méritos y Antecedentes: 45 puntos

   b) Evaluación Psicolaboral: 30 puntos

   c) Entrevista con el Tribunal: 25 puntos

   En caso de preverse en las bases la no realización de algunas de las etapas relacionadas, los puntajes referidos se ajustarán a la siguiente tabla:

Méritos y Antecedentes
Psicolaboral
Entrevista
45
30
25
70
30
0
75
0
25
CAPITULO IV DE LAS LISTAS DE PRELACION GENERADAS A TRAVES DE LOS LLAMADOS A CONCURSO PARA LOS INCISOS 02 AL 15 y 36
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