Fecha de Publicación: 17/01/2023
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 30

   La aprobación del Concurso se verificará cuando el postulante haya obtenido como mínimo 70 puntos por la suma total de los puntajes de cada factor. Se considerará eliminado del proceso de selección, aquel postulante que, con el puntaje obtenido en las etapas realizadas, no le permita con el máximo de puntos restante, completar el total de 70 puntos mínimos exigidos para la aprobación del Concurso.

   Los factores de evaluación en el Concurso de Oposición y Méritos se ajustarán a la siguiente tabla:

   a) Prueba de Conocimiento: 50 puntos

   b) Méritos y Antecedentes: 20 puntos

   c) Evaluación Psicolaboral: 15 puntos

   d) Entrevista con el Tribunal: 15 puntos

   Para estar habilitado a las etapas b), c) y d) se deberá superar el 60% (sesenta por ciento) de la prueba de conocimiento.

   En caso de preverse en las Bases la no realización de algunas de las etapas relacionadas, los puntajes referidos precedentemente serán los contenidos en la siguiente tabla, según las etapas del proceso:

Méritos y Antecedentes
Oposición
Psicolaboral
Entrevista
20
50
15
15
25
60
15
0
25
60
0
15
30
70
0
0
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