El Tribunal del Concurso desarrollará su trabajo: estudio de méritos, realización de pruebas de oposición, pruebas psicolaborales, entrevistas, elaboración de Actas, etc., en el plazo de hasta cincuenta días corridos, si la cantidad de postulantes que rindieron la prueba de oposición fueran de hasta 50.
El plazo se incrementará en dos días, por cada diez postulantes o fracción, que superen la cantidad establecida en el inciso precedente, hasta un máximo de 60 días.
Finalizada su intervención, en forma inmediata, deberá comunicar formalmente el fallo del Concurso, al Jerarca de la Unidad Ejecutora que promovió el llamado, para su homologación.