Fecha de Publicación: 17/01/2023
Página: 3
Carilla: 3

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

                               Decreto 440/022

Dispónese la ampliación de la competencia de la Oficina Nacional del Servicio Civil, asignándole el diseño, definición y regulación de las políticas de administración de Recursos Humanos de los Incisos 02 al 15 y 36 del Presupuesto Nacional, a los efectos del Sistema de Reclutamiento y Selección de Personal.
(1*R)

MINISTERIO DEL INTERIOR
 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
  MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
   MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
    MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
     MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
      MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
       MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
        MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
         MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
          MINISTERIO DE TURISMO
           MINISTERIO DE VIVIENDA Y
            ORDENAMIENTO TERRITORIAL
             MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
              MINISTERIO DE AMBIENTE

                                       Montevideo, 30 de Diciembre de 2022

   VISTO: lo dispuesto por el literal O del artículo 4 de la Ley N° 15.757, de 15 de julio de 1985, en la redacción dada por el artículo 127 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010, por el artículo 6 de la Ley N° 18.996 de 7 de noviembre de 2012 y por el Decreto N° 223/013 de 1 de agosto de 2013;

   RESULTANDO: I) que las citadas normas legales ampliaron la competencia de la Oficina Nacional del Servicio Civil, asignándole un rol preponderante en materia de diseño, definición y regulación de políticas de administración de Recursos Humanos de los Incisos 02 al 15 y 36 del Presupuesto Nacional;

   II) que el decreto referido reglamentó la administración del Sistema de Reclutamiento y Selección de Personal de los Incisos 02 al 15 y 36 del Presupuesto Nacional, la racionalización de los llamados con perfiles similares y con mayor demanda y de los procedimientos administrativos, tendiendo a la simplificación de los trámites;

   CONSIDERANDO: que por razones de economía y celeridad, y a los efectos de procurar una administración ágil y eficiente, resulta necesario efectuar ajustes a los procedimientos de planificación, reclutamiento y selección;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
                    -actuando en Consejo de Ministros-

                                 DECRETA:

Artículo 1

   La Oficina Nacional del Servicio Civil, administra el Sistema de Reclutamiento y Selección de Personal de los Incisos 02 al 15 y 36 del Presupuesto Nacional, de los vínculos que establezca la normativa específica.

   LACALLE POU LUIS; LUIS ALBERTO HEBER; FRANCISCO BUSTILLO; AZUCENA ARBELECHE; JAVIER GARCÍA; PABLO DA SILVEIRA; JOSÉ LUIS FALERO; OMAR PAGANINI; PABLO MIERES; DANIEL SALINAS; FERNANDO MATTOS; TABARÉ VIERA; IRENE MOREIRA; MARTÍN LEMA; ADRIÁN PEÑA.
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