Fecha de Publicación: 13/03/1979
Página: 674-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Decreto 44/979

Se aprueba la modificación presupuestal propuesta por la Intendencia Municipal de Canelones (Intendencia y Junta de Vecinos), para el ejercicio 1978.

Ministerio de Economía y Finanzas.

                                 Montevideo, 24 de enero de 1978.

   Visto: la gestión de la Intendencia Municipal de Canelones (Intendencia
y Junta de Vecinos) por la cual propone al Poder Ejecutivo una
modificación presupuestal para el ejercicio 1978.

   Resultando: que esta ampliación presupuestal para el año 1978 cuenta
con la aprobación de la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y
Difusión y el acuerdo del Tribunal de Cuentas de la República de fecha 28
de diciembre de 1978.

   Considerando: I) Lo dispuesto por el artículo 5º, inciso C) del acto
institucional 3, de 1º de setiembre de 1976.

   Atento: a lo informado por la Secretaría de Planeamiento, Coordinación
y Difusión y a lo acordado por el Tribunal de Cuentas de la República,

   El Presidente de la República

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Apruébase la modificación presupuestal propuesta por la Intendencia
Municipal de Canelones (Intendencia Municipal y Junta de Vecinos) cuyos
montos quedan fijados en N$ 42:284.456.16 (cuarenta y dos millones
doscientos ochenta y cuatro mil cuatrocientos cincuenta y seis nuevos
pesos, dieciséis centésimos).

   Los mismos presentarán la siguiente composición:

                    Egresos (en miles de nuevos pesos)

                                                   Vigente      Proyect.

Retribuciones personales y beneficios sociales..   16.404.6     20.174.3
Gastos de funcionamiento........................   10.108.7     11.531.3
Inversiones.....................................    9.942.0     10.013.2
Junta de Vecinos................................      565.4        565.4
                                                 -----------   -----------
Total...........................................   37.020.7     42.284.4

                 Créditos Presupuestales para el año 1978

Presupuesto de gastos, obras e inversiones..................... 37.677.6
Fondo para obras zona balnearia................................  1.634.6
Fondo para obras y servicios...................................    140.0
Fondo mejoramiento departamental...............................  2.834.2
                                                               ----------
Total.......................................................... 42.284.4

Artículo 2

   Permanecen en vigencia todas las disposiciones presupuestales no
mencionadas en la presente modificación.

Artículo 3

   Comuníquese, publíquese, etc.- MENDEZ.- VALENTIN ARISMENDI.

                           _________________


Junta de Vecinos de Canelones.

                        (DECRETO N° 1.643)

   Se aprueba Modificación del Presupuesto General Municipal del ejercicio
1978.

   La Junta de Vecinos de Canelones, en uso de sus facultades

                                 DECRETA:

                                 SECCION I

                         Gastos del Ejercicio 1978

                                CAPITULO I

           Presupuesto de Sueldos, Gastos, Obras e Inversiones
                              Ejercicio 1978

   ARTICULO 1º. El Presupuesto de Sueldos, Gastos, Obras e Inversiones
para el ejercicio 1978 se regirá por los créditos y previsiones que
contienen los Programas de Funcionamiento y de Obras e Inversiones que se
adjuntan y que se considerarán parte integrante de esta ordenanza y por
las demás disposiciones que ésta contiene.

   Su importe anual es de nuevos pesos treinta y siete millones
seiscientos setenta y siete mil seiscientos veintiuno con dieciséis
centésimos (N$ 37:677.621.16), que se atenderán con las Rentas Municipales
del mismo monto previstas en el Presupuesto de Recursos que también
integre esta ordenanza.

                                CAPITULO II

  Fondos para Obras con cargo a Rentas Municipales con Destino Especial.

   ARTICULO 2º. El "Fondo para Obras y Servicios en Zonas Balnearias",
Programa 3.01 tendrá los créditos contenidos en el Anexo I, cuyo monto es
de nuevos pesos un millón seiscientos treinta y cuatro mil seiscientos
quince (N$ 1:634.615.00), que se atenderán con el producido de la Renta
Municipal con destino especial codificada con el Nº 2.03 y denominada
"Adicional Inmobiliario en Zonas Balnearias".

   ARTICULO 3º. El "Fondo para Obras y Servicios en las Secciones 4ª, 5ª y
17ª". Programa 3.02 tendrá los créditos contenidos en el Anexo II, cuyo
monto es de N$ 140.000.00 (nuevos pesos ciento cuarenta mil), que se
atenderán con el producido de la renta municipal con destino especial
codificada con el Nº 2.04 y denominada "Adicional Inmobiliario Secciones
4ª, 5ª y 17ª".

   ARTICULO 4º. El "Fondo de Mejoramiento Departamental" Programa 3.03;
Subprograma 3.03/1 "Sistema de Agua Potable de Lagomar Sur"; Subprograma
3.03/2 "Vialidad Urbana y Obras" y 3.03/3 "Vialidad Rural y Obras", tendrá
los créditos contenidos en el Anexo III, cuyo monto es de N$ 2:832.220.00
(dos millones ochocientos treinta y dos mil doscientos veinte pesos), que
se atendrán con los recursos municipales y las contribuciones por mejoras
detalladas en el mismo Anexo.

   ARTICULO 5º. Las previsiones de los fondos para obras incluidas en este
Capítulo no serán limitativas y sus saldos anuales respectivos acrecerán o
afectarán las previsiones del ejercicio siguiente.

                               CAPITULO III

           Resumen de Créditos correspondientes a Ejercicio 1978

   ARTICULO 6º. El resumen de créditos presupuestales para el ejercicio
1978 será de N$ 42:284.456.16 (cuarenta y dos millones doscientos ochenta
y cuatro mil cuatrocientos cincuenta y seis con dieciséis centésimos),
discriminados en la forma siguiente:

                                                                N$

a) Presupuesto de gastos, obras e inversiones.............. 37:677.621.16
b) Anexo I. Fondo de obras zona balnearia..................  1:634.615.00
c) Anexo II. Fondo para obras y servicios 4ª, 5ª y 17ª.....    140.000.00
d) Anexo III. Fondo mejoramiento departamental.............  2:832.220.00
                                                           --------------
Total...................................................... 42:284.456.16

                                CAPITULO IV

                      Norma de Ejecución Presupuestal

   ARTICULO 7º (Supresión de vacantes). Se suprimen del padrón
presupuestado los cargos vacantes conforme al siguiente detalle:

                                                           Cantidad de
   Programas                                             Cargos suprimidos

1.01  Gobierno y Administración Departamental...................    1
1.02  Administración General....................................   17
1.03  Administración Hacendaria.................................   10
1.04  Sanidad y Abastecimientos.................................   26
1.05  Urbanismo, Tránsito y Cultura.............................   20
1.06  Obras y Servicios.........................................   15
1.16  Juntas Locales Centralizadas..............................   27
1.23  Junta Local de Santa Lucía................................    9
1.24  Junta Local de Las Piedras................................   20
1.25  Junta Local de Pando......................................   20
1.26  Junta Local de La Paz.....................................    2
                                                                 ------
      Total.....................................................  167

   ARTICULO 8º. En el ejercicio 1978 serán aplicables las disposiciones de
recursos presupuestales y de ordenamiento financiero de ejercicios
anteriores que no hayan sido expresamente derogadas en esta ordenanza.

                                SECCION II

               Presupuesto de Recursos Municipales para 1978

                                CAPITULO I

   ARTICULO 9º. Fíjase el presupuesto de Recursos Municipales para el
Ejercicio 1978 en la cantidad de nuevos pesos 39:677.621.16 (nuevos pesos
treinta y nueve millones seiscientos setenta y siete mil seiscientos
veintiuno con dieciséis centésimos) que se integrarán con las provisiones
de rentas municipales contenidas en el mismo, el cual se considerará parte
integrante de esta ordenanza.

   ARTICULO 10. Del Presupuesto de Recursos Municipales a que se refiere
el artículo anterior se deducirá la suma anual de nuevos pesos dos
millones (N$ 2:000.000.00), que se destinarán a solventar parte del
Programa 3.03 "Fondo de Mejoramiento Departamental".

   ARTICULO 11. El Presupuesto de Recursos Municipales para solventar el
Presupuesto de Sueldos, Gastos, Obras e Inversiones del ejercicio 1978
será de N$ 37:677.621.16 (nuevos pesos treinta y siete millones
seiscientos setenta y siete mil seiscientos veintiuno con dieciséis
centésimos).

                                CAPITULO II

                  Rentas Municipales con Destino Especial

   ARTICULO 12.  Fíjanse las Rentas Municipales con Destino Especial
destinadas a financiar el "Fondo para Obras y Servicios en Zonas
Balnearias", en la suma de nuevos pesos 1:634.615.00 (nuevos pesos un
millón seiscientos treinta y cuatro mil seiscientos quince), provenientes
de la renta codificada con el Nº 2.03 y denominada "Adicional Inmobiliaria
de las Zonas Balnearias", según el detalle del Anexo I.

   ARTICULO 13.  Fíjase el Presupuesto de Recursos para financiar el
"Fondo para Obras y Servicios de las Secciones 4ª, 5ª y 17ª", en la suma
de N$ 140.000.00 (nuevos pesos ciento cuarenta mil), provenientes de la
renta municipal con el destino especial codificada con el Nº 2.04 y
denominada "Adicional Inmobiliario Secciones 4ª, 5ª y 17ª", según detalle
del Anexo II.

   ARTICULO 14. Fíjase el Presupuesto de Recursos para financiar el "Fondo
de Mejoramiento Departamental", Programa 3.03 y Subprograma 3.03/1, 3.03/2
y 3.03/3, en la suma de N$ 2:832.220.00 (nuevos pesos dos millones
ochocientos treinta y dos mil doscientos veinte), provenientes de las
rentas municipales y demás conceptos de contribución por mejoras
detalladas en el Anexo III.

   ARTICULO 15. Las previsiones de este Capítulo respecto a recursos
municipales con destino especial no son limitativas y sus saldos anuales
respectivos acrecerán o afectarán las previsiones del ejercicio siguiente.

                               CAPITULO III

                Resumen de Recursos para el Ejercicio 1978

   ARTICULO 16. En resumen los recursos par el ejercicio 1978 alcanzarán
la suma de N$ 42:284.456.16 (nuevos pesos cuarenta y dos millones
doscientos ochenta y cuatro mil cuatrocientos cincuenta y seis con
dieciséis centésimos) cuya discriminación es la siguiente:

                                                           N$

a) Presupuesto de Recursos Municipales..................  37:677.621.16
b) Recursos para el Fondo Obras Zonas Balnearias.......   1:634.615.00
c) Recursos para el Fondo Obras Secciones 4ª, 5ª y 17º.     140.000.00
d) Recursos para el Fondo de Mejoramiento Departamental   2:832.220.00
                                                       -----------------
Total..................................................  42:284.456.16

                                CAPITULO IV

                          Disposiciones Generales

   ARTICULO 17. Las disposiciones de esta Ordenanza relativas al
Presupuesto de Recursos, Sueldos, Gastos, Obras e Inversiones tendrán
vigencia desde el 1º de enero de 1978, inclusive.

   ARTICULO 18. Facúltase a la Intendencia Municipal para efectuar los
ajustes de los Programas, Rubros y Subrubros en caso de constatarse
errores aritméticos, siempre sin alterar  el monto de los Presupuestos del
ejercicio 1978.
   Facúltasele también para corregir los números ordinales de artículos y
capítulos en los casos que corresponda.

   ARTICULO 19. Regístrese, comuníquese, publíquese, etc.

Sala de Sesiones de la Junta de Vecinos de Canelones, a los veintitrés
días del mes de enero de mil novecientos setenta y nueve.

Coronel ROGELIO CAMACHO - NELSON A DE SIMONE Secretario General

                              -------------

Intendencia Municipal de Canelones.

                                        Canelones, 24 de enero de 1979.

   Visto: la Modificación del Presupuesto de Sueldos, Gastos, Obras e
Inversiones del Gobierno Departamental de Canelones, para el ejercicio
1978.

   Considerando: que la Junta de Vecinos de Canelones aprobó el texto
definitivo, que regulará dicha modificación presupuestal por decreto 1.643
de 23 de enero de 1979.

   Considerando: que la Modificación Presupuestal precitada fue aprobada
por el Poder Ejecutivo por decreto 44/979, dictado en el día de la fecha,
en sujeción a lo dispuesto en el literal c) del artículo 5º del acto
institucional 3.

   Atento: a las normas precitadas y a lo dispuesto en el artículo 35,
numeral 1 de la ley 9.515, de 28 de octubre de 1935,

   El Intendente Municipal de Canelones

                                 RESUELVE:

   Cúmplase, regístrese y promúlguese.- J. GERVASIO GONZALEZ, Intendente Municipal - Ag.Heber H. Rebufello, Secretario.


		
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