Fecha de Publicación: 11/01/2017
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 17

   Los puntos positivos derivados de la presentación de certificados, títulos o diplomas, se asignarán en forma acumulativa por cada curso aprobado durante el tiempo de permanencia en el grado. No aplicarán en esta modalidad los cursos o concursos de pasaje de grado propiamente dichos, pero si aquellos cursos de la Escuela Nacional de Administración Pública que la Dirección Nacional de la Educación Policial revalida para el curso o concurso de pasaje de grado.
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