Fecha de Publicación: 09/01/2017
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Carilla: 6

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 32

   (Acceso al Servicio de Asistentes Personales del SNIC): Incorpórense a los usuarios del Servicio de Teleasistencia que consideren que su dependencia devino severa, a los criterios de progresividad del art. 7° del Decreto 117/2016 de 25 de abril de 2016.

   CAPÍTULO IX: Disposiciones transitorias.
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