Fecha de Publicación: 01/03/2006
Página: 411-A
Carilla: 7

MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 4

 Concurso por Méritos: Los factores que se tendrán en cuenta son los que
a continuación se establecen:
a)      Puntaje por nota de Curso o Concurso de Pasaje de Grado: Se
        sumarán las notas obtenidas por el postulante en los últimos
        cuatro Cursos o Concursos de Pasaje de Grado realizados.
b)      Puntaje por destino:
        Se otorgarán:
I) A los Inspectores Principales: Dos puntos por cada mes o fracción, por
servicios cumplidos en calidad de Director Nacional, Encargado de
Despacho de Jefaturas de Policía del Interior, Subjefe de Policía de
Montevideo; un punto por cada mes o fracción como Subjefe de Policía del
Interior, Subdirector Nacional, Director de Coordinación Ejecutiva de la
Jefatura de Policía de Montevideo, Jefe del Cuerpo Central de Bomberos,
Comandante de Zonas y Destacamentos de la Dirección Nacional de Bomberos,
Jefe del Regimiento Guardia Republicana. En el caso del subescalafón
(P.T) se otorgará además un punto por cada mes o fracción como Director
del Departamento Jurídico, de la Defensoría Policial en lo Penal,
Fiscalía Letrada de Policía, Director del Departamento de Arquitectura y
Director del Departamento de Contaduría Central.
II) A los Inspectores Mayores del Subescalafón Ejecutivo: Un punto por
cada mes o fracción por servicios cumplidos en un cargo destinado a un
Inspector General y medio punto por cada mes o fracción de servicios
cumplidos en un cargo destinado a un Inspector Principal.
III) A los Comisarios Inspectores del Subescalafón Ejecutivo: Un punto y
medio, un punto y medio punto, por cada mes o fracción, por servicios
cumplidos en un cargo destinado a un Inspector General, a un Inspector
Principal o a un Inspector Mayor, respectivamente.
A los efectos de la aplicación de lo dispuesto en los numerales II) y
III) del presente literal, se estará a las previsiones contenidas al
respecto, por el Decreto Nº 503/997, de 17 de diciembre de 1997.
IV) Hasta un máximo de 40 puntos, que podrá otorgar el Tribunal por el
desempeño del Señor Oficial en los dos últimos grados, de acuerdo a: la
responsabilidad inherente a cada destino desempeñado, la intensidad de su
trabajo, la afinidad del mismo al respectivo subescalafón, el grado de
especialización demostrado y cualesquiera otra circunstancia que hagan al
mejor desempeño de la labor asignada.
c) Puntaje Negativo: Dos puntos por cada mes de suspensión en la función
en los últimos cuatro grados.
La nota del Concurso por Méritos será la que resulte de la suma de los
puntajes por los factores indicados en los literales a) y b), descontado
el puntaje relacionado en el literal c).
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