Decreto 417/012
Determínase en una lista única, los bienes comprendidos en el régimen de
Free Shop.
(2.383*R)
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Montevideo, 26 de Diciembre de 2012
VISTO: el régimen de venta de bienes a turistas establecido por el Decreto
N° 320/993 de 7 de julio de 1993, modificativas y concordantes.
RESULTANDO: I) la necesidad de consolidar en una única lista los bienes
comprendidos en el régimen, a los efectos de una mejor evaluación y
control del universo alcanzado;
II) que en virtud de la dinámica comercial, se entiende conveniente,
establecer un mecanismo ágil para la actualización del listado de bienes
que permita satisfacer la demanda del turista extranjero;
ATENTO a lo expuesto.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA
Artículo 1
BIENES COMPRENDIDOS. A partir de la vigencia del presente decreto, los
bienes y mercaderías autorizados para su venta a turistas extranjeros en
régimen de Free Shop, son los que constan en el Anexo I del presente
decreto, el cual forma parte del mismo.