Fecha de Publicación: 15/09/2009
Página: 661-A
Carilla: 5

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 29

 Principios aplicables. La actuación administrativa de la URCDP se
desarrollará con arreglo a los principios de imparcialidad, celeridad,
eficacia, verdad material, informalismo, debido proceso, impulsión de
oficio, buena fe, motivación de las decisiones y simplicidad, los que
servirán de criterio interpretativo para resolver las cuestiones que
puedan suscitarse en la tramitación de cualquier asunto.
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