(Acreditación de los aportes). - Los aportes y los montos por sanciones pecuniarias correspondientes a infracciones tributarias, transferidos con destino a cada Administradora, según lo establecido en el artículo anterior, serán acreditados en las respectivas cuentas de ahorro individual dentro del plazo de cuarenta y ocho horas.
Sección III
DE LAS PRESTACIONES DEL RÉGIMEN DE AHORRO INDIVIDUAL OBLIGATORIO