Fecha de Publicación: 09/09/2009
Página: 618-A
Carilla: 10

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA

Artículo 2

 Alcance. Los Convenios de Interconexión se pactarán libremente entre las
partes, sin perjuicio de lo establecido en el presente Decreto y en el
ordenamiento jurídico vigente y serán de acceso público.
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