Fecha de Publicación: 07/08/1985
Página: 318-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 3

   Créase dependiente del Ministerio de Educación y Cultura la Asesoría
Autoridad Central de Cooperación Jurídica Internacional, que dependerá
directamente de la Dirección General de Secretaría, cuyos objetivos,
funciones y cometidos serán los siguientes:

a) Responder por sí o cometiendo la respuesta, las consultas
   provenientes del exterior acerca del Derecho Interno e
   Internacional Privado de la República, así como aquéllas
   provenientes de organismos públicos nacionales referidas al
   contenido y vigencias del Derecho Internacional Privado del
   País o de un Derecho Extranjero.
b) Actuar como órgano de recepción y expedición de rogatorias
   desde y hacia el exterior.
c) Asesorar, sin perjuicio de las competencias del Ministerio
   de Relaciones Exteriores, en la elaboración de normas de
   Derecho Internacional Privado y en convenios internacionales
   de cooperación cultural. 
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