(Autorización Ambiental Previa) - De acuerdo al decreto Nº 435/994, del
21 de setiembre de 1994, la documentación del Proyecto de Riego relativa
a la gestión de la Autorización Ambiental Previa deberá contener como
mínimo los siguientes recaudos:
a) Descripción del medio: Identificación del o los ecosistemas
terrestres y acuáticos que se encuentran presentes en la zona donde se
realizará el embalse o toma.
b) Impactos ambientales del proyecto. Afectación a los hábitat naturales,
vegetación, tipo de suelos que serán inundados, sostenibilidad de los
ecosistemas aguas abajo, calidad de recursos hídricos, manejo del
cultivo, patrimonio cultural, etc.
c) Medidas de mitigación a implementar minimizando los impactos.
d) Plan de monitoreo de las variables ambientales que han sido
modificadas.