MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
El incumplimiento del Plan de Uso y Manejo de Suelos y Aguas así como la construcción total o parcial de obras hidráulicas en omisión de todos o algunos de los requisitos dispuestos, será sancionado con las multas previstas en el artículo 26 de la Ley Nº 16858 de 3 de setiembre de 1997, sin perjuicio de la caducidad de la autorización de la obra y la del derecho sobre el agua cuando por la gravedad del incumplimiento se afecten derechos de terceros o se ocasione erosión grave a los suelos o degradación de las propiedades químicas o físicas de los mismos.Content-Type: text/html; charset=ISO-8859-1
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