(Contenido del Proyecto).- A los efectos previstos en el artículo
anterior, el Proyecto de Riego deberá incluir: a) la documentación
relativa a la construcción de la obra hidráulica; b) el Plan de Uso y
Manejo de Suelos y Aguas; c) la documentación que acredite la
disponibilidad jurídica de los predios afectados y beneficiados a los
efectos de la viabilidad de la ejecución del Proyecto de Riego; d) la
documentación que corresponda, cuando sea exigible la Autorización
Ambiental Previa; e) en caso de que no corresponda la autorización
ambiental previa, se deberá llenar un formulario resumen que contendrá
las características básicas del proyecto el que será enviado al
Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente
(Dirección Nacional de Medio Ambiente) a los efectos de lo dispuesto por
el artículo 456 de la ley Nº 16.170, del 28 de diciembre de 1990.