MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
(Contenido del Proyecto).- A los efectos previstos en el artículo anterior, el Proyecto de Riego deberá incluir: a) la documentación relativa a la construcción de la obra hidráulica; b) el Plan de Uso y Manejo de Suelos y Aguas; c) la documentación que acredite la disponibilidad jurídica de los predios afectados y beneficiados a los efectos de la viabilidad de la ejecución del Proyecto de Riego; d) la documentación que corresponda, cuando sea exigible la Autorización Ambiental Previa; e) en caso de que no corresponda la autorización ambiental previa, se deberá llenar un formulario resumen que contendrá las características básicas del proyecto el que será enviado al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente (Dirección Nacional de Medio Ambiente) a los efectos de lo dispuesto por el artículo 456 de la ley Nº 16.170, del 28 de diciembre de 1990.Content-Type: text/html; charset=ISO-8859-1
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