Fecha de Publicación: 22/10/2001
Página: 195-A
Carilla: 13

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 10

 (Clasificación de las Solicitudes) - Todas las solicitudes a que refiere 
el presente decreto, se clasificarán según su naturaleza en: a) Solicitud 
nueva; b) Solicitud de Renovación; c) Solicitud de Modificación; y d) 
Solicitud de Cesión.
Las solicitudes de renovación, modificación y cesión de derechos,. 
seguirán el mismo trámite que las solicitudes nuevas, y se presentarán en 
el expediente original, con la mención y acreditación de los aspectos 
nuevos a considerar y que motivan la solicitud.
Content-Type: text/html; charset=ISO-8859-1 Banco de Datos de IM.P.O.
Logo IMPO - Centro de Información Oficial

Error

Se ha producido un error interno del sistema

Se ha enviado un mail al Centro de Cómputos con los datos del error.

El mismo será resuelto a la brevedad.

Muchas Gracias.





impo@impo.com.uy - 18 de julio 1373 - CP 11.200 - TEL: 2908 5042 , 2908 5180 , 2908 5276 - FAX: 2902 3098 - Horario de atención al público: 9:30 a 16:00 hs.