Las personas sancionadas por haber transmitido sin autorización o a
quienes se les haya revocado tal autorización, quedarán inhabilitadas
para gestionar autorizaciones de servicios de radiocomunicaciones
administrados por la Dirección Nacional de Comunicaciones, propios o para
terceros por el plazo que ésta determine.
Tal limitación regirá también durante el término de las suspensiones
que imponga la Administración.