Fecha de Publicación: 27/09/1993
Página: 437-A
Carilla: 9

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Fe de erratas publicada/s: 05/10/1993.

Artículo 14

   La Dirección Nacional de Comunicaciones establecerá el Reglamento tipo
de exámenes para las distintas categorías de radioaficionados, con las
exigencias mínimas que se consideren necesarias al efecto.
   Los aspirantes a radioaficionados podrán ingresar a la categoría
Novicio o a la categoría Intermedia, según requisitos correspondientes.

   CAPITULO V. ESTACIONES MOVILES
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