PODER EJECUTIVO MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
La persona física o jurídica que hubiere obtenido el registro de cualquier alimento para animales podrá transferirlo a favor de otra, siempre que ambas lo soliciten, cumpliendo el procedimiento previsto por la Dirección General de Servicios Agrícolas (DGSA) para estos casos.
ETIQUETADO, INFORMACIÓN, ENVASES Y TRANSPORTE
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