Fecha de Publicación: 16/10/1996
Página: 70-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA

Decreto 399/996

Apruébanse los precios máximos de venta para los combustibles, disolventes, asfaltos y productos especiales, fijados por el Directorio de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland a partir de la hora cero del 10 de octubre de 1996.
(2.351)

   Ministerio de Industria, Energía y Minería
    Ministerio de Economía y Finanzas

                                         Montevideo, 9 de octubre de 1996

   Visto: El Oficio de fecha 9 de octubre de 1996 cursado por la
Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland, por el que
solicita la aprobación de nuevos precios de venta para los combustibles,
disolventes, asfaltos y productos especiales que se mencionan, lo
dispuesto en la Ley Nº 12.670 del 17 de diciembre de 1959; el artículo
1°) del Título 11 del Texto Ordenado 1991; el artículo 430 de la Ley N°
15.903 del 10 de noviembre de 1987; el artículo 452 de la Ley 16.226 del
29 de octubre de 1990 y el artículo 761 de la Ley N° 16.736 del 5 de
enero de 1996;

   Resultando: Los fundamentos que llevaron a dicho Ente para fijar los
nuevos precios que se encuentran detallados en el mencionado Oficio y no
merecen objeciones del Poder Ejecutivo;

   Atento: A lo dispuesto por el literal f), del artículo 3°) de la Ley
Nº 8.764, del 15 de octubre de 1931, en la redacción dada por el Art. 1°)
de la Ley N° 15.312, de fecha 20 de agosto de 1982,

   El Presidente de la República

                                DECRETA:

Artículo 1

   Se aprueban los siguientes precios máximos de venta para los
combustibles, disolventes, asfaltos y productos especiales fijados por el
Directorio de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y
Portland, los que entrarán en vigencia a partir de la hora cero del 10 de
octubre de 1996.
a) Combustibles                                    Precio por litro
Gasolina aviación 100/130                                $ 7,74
Jet A1                                                   $ 2,96
Jet B                                                    $ 3,95
Gasolina Ecosupra 95                                     $ 8,80
Gasolina 85 especial                                     $ 7,20
Gasolina 95 supra                                        $ 8,35
Queroseno                                                $ 3,80
Gas Oil                                                  $ 3,88
Nafta liviana (Cía. del Gas)                             $ 2,06
                                                        POR KILO
Supergás                                                 $ 6,40
Butano Desodorizado                                      $ 7,70
Propano granel                                           $ 4,44
                                                     POR MIL LITROS
Diesel Oil                                               $ 3.520,00
Fuel Oil Pesado                                          $ 1.087,80
Fuel Oil Especial                                        $ 1.614,63
Fuel Oil Calefacción                                     $ 1.338,21
Fuel Oil Pesado (UTE)                                    $ 1.087,80
Fuel Oil Especial (UTE)                                  $ 1.614,63

   - Los precios de las gasolinas, queroseno y gas oil son a granel en
las plantas de almacenaje y en los lugares de expendio de toda la
República y comprenden los impuestos que en cada caso correspondan,
pudiéndose adicionar los gastos que se originen para otras formas de
entrega.
   - Los precios del diesel oil y fuel oil son a granel en las plantas de
almacenamiento de ANCAP y comprenden los impuestos (excepto el Impuesto
al Valor Agregado) que en cada caso correspondan pudiéndose adicionar los
gastos que se originen para otras formas de entrega, así como los fletes
y demás gastos.
   - El precio del propano a granel es para el producto entregado en la
Planta ANCAP de La Tablada y en las condiciones establecidas.
   - Los precios de los combustibles destinados a la aviación son a
granel en las plantas de almacenaje de todo el País y puestos de la
Dirección General de Infraestructura Aeronáutica, e incluyen los
impuestos a los combustibles creados por la Ley Nº 12.950 y
modificativas. No incluyen el impuesto a los combustibles utilizados por
la aviación nacional y de tránsito creado por la Ley N° 14.189 que se
adicionará cuando corresponda.
   - Los precios de los combustibles con destino al uso de buques o
embarcaciones de bandera nacional, que realicen servicios de navegación y
comercio exceptuando los deportivos y los buques pesqueros de bandera
nacional, se fijarán tomando como referencia los precios en el mercado
internacional.
   - Los precios de los combustibles suministrados a UTE, destinados
tanto a atender los requerimientos del Acuerdo de Interconexión Eléctrica
con países limítrofes, así como la generación térmica de energía
eléctrica para el mercado interno, una vez superados los volúmenes
establecidos en la previsión presupuestal de UTE aprobada por el Poder
Ejecutivo, se fijarán tomando como referencia los precios en el mercado
internacional y serán facturados en dólares americanos.

b) DISOLVENTES                                     PRECIO POR LITRO
Solvente S.P.                                          $ 3,50
Solvente 1197                                          $ 3,20
Solvente Disán                                         $ 3,10
Disán aromático                                        $ 3,80
Aguarrás                                               $ 3,30
Aguarrás aromático                                     $ 4,00
Base para insecticida                                  $ 5,00
Querosol                                               $ 5,00

   - Los precios de los disolventes son a granel en la Planta de ANCAP de
La Teja y en el terminal del distribuidor autorizado y comprenden los
impuestos que en cada caso correspondan (excepto el Impuesto al Valor
Agregado), pudiéndose adicionar los gastos que se originen para otras
formas de entrega.

c) CEMENTOS ASFALTICOS                                 POR MIL KILOS
Penetración 150/200                                      $ 1.712,20
Penetración 70/100                                       $ 1.712,20
Penetración 40/50                                        $ 1.712,20
CEMENTOS ASFALTICOS DILUIDOS                           POR MIL LITROS
Tipo M.C.                                                $ 2.203,25
Tipo R.C.                                                $ 2.203,25
EMULSIONES ASFALTICAS CATIONICAS                         $ 1.448,78
EMULSIONES ASFALTICAS ANIONICAS                          $ 1.549,60

- Los precios son para asfaltos y emulsiones asfálticas a granel en las
plantas de almacenamiento de Montevideo y comprenden los impuestos
(excepto el Impuesto al Valor Agregado) que en cada caso correspondan
pudiéndose adicionar los gastos que se originen para otras formas de
entrega.

d) PRODUCTOS ESPECIALES                               PRECIO POR LITRO
Tolueno                                                  $ 4,20
Xileno                                                   $ 4,10
Hexano comercial                                         $ 3,60

- Estos precios son a granel en la Planta de ANCAP en La Teja y en el
terminal del distribuidor autorizado, pudiéndose adicionar los gastos que
se originen para otras formas de entrega.

SANGUINETTI - JULIO HERRERA - LUIS MOSCA.
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