Fecha de Publicación: 08/03/2021
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE VIVIENDA Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL

Artículo 9

   ESTRUCTURA DE CARGOS QUE SE ELIMINAN AL VACAR.
   En los casos de los cargos que se migraron en 2014 a Gerente 2 de Sucursal, Administrativo 3, Encargado de Servicios y Jefe de Departamento generando una diferencia de grados, se abonará esa diferencia como complemento salarial a efectos de respetar la situación retributiva de los mismos.
   Para la migración del Ayudante Técnico de 2da. a Administrativo 3 efectuada en 2014 se mantendrá la escala establecida en el artículo 9.1 de las Normas Presupuestales 2004, recogiendo los criterios generales del Convenio Colectivo del 26 de diciembre de 2012, por lo que podrá acceder a los siguientes grados de la EPU siempre que cuente con calificación habilitante:

Años en el Banco
Grados de la Escala Patrón
Años en el Banco
Grados de la Escala Patrón
Años en el Banco
Grados de la Escala Patrón
17
26
30
34.2
43
40.2
18
27
31
35
44
41
19
28
32
35.2
45
41.2
20
29
33
36
46
42
21
30
34
36.2
47
42.2
22
30.2
35
37
48
43
23
31
36
37.2
49
43.2
24
31.2
37
38
50
44
25
32
38
38.2
51
44.2
26
32.2
39
39
52
45
27
33
40
39.1
53
45.2
28
33.2
41
39.2
54
46
29
34
42
40
 
 
En el caso de los migrados en 2014, se eliminan con el egreso de la persona que lo ocupa.
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