Fecha de Publicación: 29/08/2008
Página: 537-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 55

 Toda decisión o determinación se basará únicamente en las informaciones y
argumentos que consten en el expediente y que hayan sido puestos a
disposición de los gobiernos de los países interesados y de las partes
interesadas acreditadas, teniendo en cuenta la necesidad de proteger la
información confidencial.
Ayuda