Fecha de Publicación: 29/08/2008
Página: 537-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 21

 La expresión "producto similar" significa un producto que sea idéntico,
es decir, igual en todos los aspectos al producto de que se trate o,
cuando no exista ese producto, otro producto que, aunque no sea igual en
todos los aspectos, tenga características muy parecidas a las del producto
considerado.
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