Fecha de Publicación: 06/12/2018
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Carilla: 6

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 7

   Concurrir a las instancias de capacitación sobre prevención de riesgos laborales, de acuerdo a los estipulados por la empresa. Dicha capacitación se realizará en horario laboral, salvo en casos justificados.
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