Fecha de Publicación: 06/12/2018
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Carilla: 6

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 36

   Los titulares de las instalaciones deberán asegurar el normal suministro de agua y electricidad cumpliendo con las reglamentaciones específicas de los organismos competentes.

                    Capítulo X- Servicios de bienestar
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