Fecha de Publicación: 06/12/2018
Página: 6
Carilla: 6

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 33

   Deberá asegurarse que los pavimentos sean de material homogéneo consistente, no resbaladizo o susceptible de serlo con el uso, debiendo resistir adecuadamente las operaciones cotidianas que se realizan, respetándose los límites de carga admisibles por la estructura.
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