Fecha de Publicación: 06/12/2018
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Carilla: 6

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 179

   Créase la Comisión Tripartita en el área de prevención de riesgos laborales en la actividad portuaria la que tendrá por cometido proponer modificaciones al presente decreto y evacuar las consultas que se le realicen. Lo expresado es sin perjuicio de las potestades que por la normativa vigente tiene la Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Las decisiones serán adoptadas por consenso de las partes.
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