Fecha de Publicación: 06/12/2018
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Carilla: 6

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 157

   Las empresas comprendidas en el ámbito de aplicación del presente decreto deberán confeccionar un protocolo referido a los procedimientos a seguir en las actividades portuarias y extraportuarias realizadas a la intemperie por parte de los trabajadores que realizan movimientos de cargas o trabajos y tareas asociadas ante fenómenos meteorológicos adversos.
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