Fecha de Publicación: 06/12/2018
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Carilla: 6

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 141

   La escala real debe estar bien sujeta y ajustada de modo que cualquiera sea el nivel de la marea o el calado del buque, el ángulo de la misma con respecto a la horizontal se ajuste a la reglamentación de OMI, en caso contrario se dispondrán medidas de seguridad complementarias.
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