Fecha de Publicación: 06/12/2018
Página: 6
Carilla: 6

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 140

   La escala real debe colocarse en una posición segura, ser sólida para reducir al mínimo todo balanceo o rebote y disponer de barandillas y redes de seguridad a ambos lados y en toda su longitud.
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