Fecha de Publicación: 24/02/2021
Página: 3
Carilla: 3

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

Artículo 30

   Comuníquese, publíquese, etc.
   LACALLE POU LUIS; OMAR PAGANINI; AZUCENA ARBELECHE. 

   "Ver información adicional  en el Diario Oficial digital."

   Cuadro N° 5 - COMPROMISOS DE GESTIÓN 2020

   1.- Ejecución de Inversiones

OBJETIVO
Medir el cumplimiento de los compromisos del Programa Financiero relacionado a las inversiones de la Empresa
INDICADOR
Grado de cumplimiento de inversiones con criterio caja.
FORMA DE CÁLCULO
Ejecución Acumulada de Inversiones (con IVA) / Previsión Acumulada de Inversiones (con IVA)= X
FUENTE DE INFORMACIÓN
FIN - Programa Financiero UTE 2020.
META 2020
Millones de USD 180 -- X<=100%
COMENTARIOS
El monto de inversión es un tope establecido a nivel de la Programación Financiera acordada para el ejercicio 2020 con la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. 
Si se presenta ahorros factibles en los gastos de Bienes y Servicios superiores al 15%, podrán incrementar los importes de las Inversiones por la diferencia entre ese mayor porcentaje y el expresado 15%.
A efectos de verificar su cumplimiento se deberá excluir el monto ejecutado por acontecimientos graves e imprevistos según definición y monto del artículo 22 de las Normas de Ejecución Presupuestal.
2.- Reducción de Costos Operativos
OBJETIVO
Medir la eficiencia en la gestión de los costos de operación de la Empresa
INDICADOR
Reducción de costos Operativos (limitativos) en relación a la ejecución del año 2019. Deberán reducirse un 15% en términos reales respecto a las partidas ejecutadas para Bienes y Servicios (Grupos: 1 (Bienes de consumo) y 2 (Servicios no Personales) en el año 2019.
FORMA DE CÁLCULO
Ejecución presupuestal de los objetos limitativos de los grupos 1 y 2 del Presupuesto Operativo 2020 / Ejecución Presupuestal 2019 de los objetos limitativos de los grupos 1 y 2, ajustada por el nivel de actividad hasta el ejercicio 2020.
FUENTE DE INFORMACIÓN
FIN - Ejecución Presupuestal 2020 BI.
META 2020
 [(Ejecución partidas limitativas de los grupos 1 y 2 2020 / Ejecución de las partidas limitativas de los grupos 1 y 2 2019)-1]<=-10.7% a precios corrientes 2020
COMENTARIO
La reducción acordada es del 10.7 % (y no del 15%) dado que se acordó con OPP un waiver en el cumplimiento de la reducción de gastos operativos contemplándose el incremental en la operación y mantenimiento del ciclo combinado y el pago a Antel por el convenio por el uso del centro de procesamiento de datos de Pando.
A efectos de verificar su cumplimiento se deberá excluir el monto ejecutado por acontecimientos graves e imprevistos según definición y monto del artículo 19 de las Normas de Ejecución Presupuestal.
3.- Rentabilidad (ROA)
OBJETIVO
Medir la rentabilidad sobre los Activos Promedio de la Empresa
INDICADOR
Obtener el nivel de rentabilidad de la Empresa.
FORMA DE CÁLCULO
(Resultado del ejercicio + Intereses) / (Activos Promedios - Activos en concesión de servicios)
FUENTE DE INFORMACIÓN
FIN - Estados Contables UTE 2020.
META 2020
2.7% es la que surge de los EEFF proy en el PTO 2020 a precios en jun 20
COMENTARIOS
El resultado del mismo a considerar será el del ROA real no el estructural.
La meta se ajustará con los EEFF actualizados con el Programa Financiero 2020 acordado con el Gobierno a precios corrientes.
A efectos de verificar su cumplimiento se deberá excluir el monto ejecutado por acontecimientos graves e imprevistos.
4.- Superávit / Déficit de las Empresas Públicas
OBJETIVO
Medir el Superávit o Déficit de la empresa una vez pagos los gastos de Capital. 
INDICADOR
Obtener el nivel de Superávit o Déficit de la Empresa.
FORMA DE CÁLCULO
Monto Acumulado en MUSD
FUENTE DE INFORMACIÓN
FIN - Programa Financiero UTE 2020.
META 2020
Miles de USD -149.540 a precios enero junio 2020.
COMENTARIOS
El resultado del mismo a considerar será el del Superávit / Déficit real no el estructural.
Esta meta se ajustará con el Programa Financiero 2020 acordado con la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, a precios corrientes del ejercicio.
A efectos de verificar su cumplimiento se deberá excluir el monto ejecutado por acontecimientos graves e imprevistos.
5.- Cobrabilidad
OBJETIVO
Mantener el nivel de cobrabilidad de la Empresa dentro del rango objetivo
INDICADOR
Obtener el nivel de cobrabilidad de la Empresa.
FORMA DE CÁLCULO
Recaudación Acumulada 2020/ Facturación Acumulada 2020
FUENTE DE INFORMACIÓN
COM - Sistema RENOVA UTE
META 2020
97,5%
6.- Costo Medio de Generación
OBJETIVO
Medir el costo medio de generación de energía proveniente de todas las fuentes asociadas.
INDICADOR
Obtener el costo medio de generación de energía.
FORMA DE CÁLCULO
Costo de Abastecimiento de la Demanda / Unidades Generadas
FUENTE DE INFORMACIÓN
FIN- Información Programa Financiero UTE 2020.
META 2020
USD/MWh 56.4 (sin IVA)
7.- Pérdida de Distribución y Comercial
OBJETIVO
Reducir la energía que se distribuye y no es facturada
INDICADOR
Reducir las pérdidas de energía
FORMA DE CÁLCULO
Pérdida de Distribución y Comercial / Energía entrante a la red de Distribución
FUENTE DE INFORMACIÓN
Balance de Energía y Demanda UTE
META 2020
19,9%
COMENTARIO
Si el desvío (en más o en menos) del guarismo de pérdidas de energía en zonas de vulnerabilidad supera el 5% con respecto al valor inicial, la incidencia de este factor queda congelada a ese 5%.-
8.- Tc
OBJETIVO
Tiempo Promedio de Corte Acumulado
INDICADOR
Obtener un Tiempo Promedio de Corte Acumulado adecuado.
FORMA DE CÁLCULO
Sumatoria de 1 a n de Ci*ti/CT ( n= incidencias en el año, Ci = clientes afectados por incidencia i; Ti= tiempo de reposición del servicio incidencia i, CT = Total Clientes del Sistema)
FUENTE DE INFORMACIÓN
DIS UTE
META 2020
10,1 hs
COMENTARIO
Los indicadores a utilizar son el Tc y el Fc tal como están definidos en el Reglamento de Calidad de Servicio de Energía Eléctrica elaborado por URSEA, con las siguientes especificaciones:
*
Se considerarán valores anuales.
*
Los ámbitos de cálculo son: Distribución, Montevideo, Interior, y cada una de las Regionales de UTE.
*
Solo se considerarán incidencias de origen Distribución (no se considerarán las de Transmisión o Generación).
*
No se realizará descarte de incidencias con causales de Fuerza Mayor según criterios URSEA.
*
Se descartan las incidencias originadas en cada ámbito, en aquellos días, en las cuales se detecte que durante ese día se afectaron más del 10% de sus subestaciones por motivos externos a UTE.
9.- Fc
OBJETIVO
Número de cortes promedio que tuvo un cliente (clientes conectados en MT y BT)
INDICADOR
Obtener un Tiempo Promedio de Corte Acumulado adecuado.
FORMA DE CÁLCULO
Sumatoria de 1 a n de Ci/CT ( n= incidencias en el año, Ci = clientes afectados por incidencia i; CT = Total Clientes del Sistema)
FUENTE DE INFORMACIÓN
DIS UTE - Información de Gestión
META 2020
5,5 cortes
COMENTARIO
Los indicadores a utilizar son el Tc y el Fc tal como están definidos en el Reglamento de Calidad de Servicio de Energía Eléctrica elaborado por URSEA, con las siguientes especificaciones:
*
Se considerarán valores anuales.
*
Los ámbitos de cálculo son: Distribución, Montevideo, Interior, y cada una de las Regionales de UTE.
*
Solo se considerarán incidencias de origen Distribución (no se considerarán las de Transmisión o Generación).
*
No se realizará descarte de incidencias con causales de Fuerza Mayor según criterios URSEA.
*
Se descartan las incidencias originadas en cada ámbito, en aquellos días, en las cuales se detecte que durante ese día se afectaron más del 10% de sus subestaciones por motivos externos a UTE.
10.- Evolución Plantilla Personal
OBJETIVO
Medir el cumplimiento de la meta presupuestal de eliminar el 67% de las vacantes que se generen en el 2020. 
INDICADOR
Evolución de las vacantes de personal
FORMA DE CÁLCULO
Vacantes generadas entre el 1/1/2020 al 31/12/2020 
FUENTE DE INFORMACIÓN
SAP HR UTE
META 2020
Eliminar 67% de las vacantes que se generen 1/1/2020 y 31/12/2020
COMENTARIO
Con excepción de las que deben llenarse con personal discapacitado de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 49° de la Ley N° 18.651 de 19 de Febrero de 2010 y con personal afrodescendiente de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley N° 19.122 de 21 de agosto de 2013.
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