Fecha de Publicación: 24/02/2021
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

Artículo 3

   Las partidas presupuestales que se consideran de carácter no limitativo y no podrán ser utilizadas como reforzantes son las incluidas en los Objetos:

   141.000 "Combustibles derivados del petróleo"; 
   148.000 "Compra de Energía";
   219.000 "Otros" (en lo que refiere a la partida por transporte de gas);
   251.000 "Arrendamiento de inmuebles en el país" (en lo que refiere a la partida por arrendamiento de terrenos donde se localizan equipos generadores);
   258.000 "Arrendamiento de Máquinas Industriales";
   261.021 "IRAE";
   261.030 "Impuesto al Patrimonio";
   262.040 "IVA pagos DGI",
   262.050 "IVA compras";
   263.010 "Tributos Municipales"; 
   263.020 "Tribunal de Cuentas";
   263.030 "Otros Tributos Nacionales";
   263.040 "Tributos Internacionales";
   279.000 "Servicios Contratados para Mantenimiento";
   297.000 "Derechos y Regalías" (se imputa el pago del canon por interconexión que integra el costo de abastecimiento de la demanda);
   515.000 "Versión de Resultados";
   519.020 "Otros subsidios a Organismos Públicos" (en lo que refiere a la comisión por administración pagada a la Comisión Técnico Mixta de Salto Grande);
   799.000 "Penalizaciones URSEA";
   Grupo 6 "Intereses y otros Gastos de Deuda"
   Grupo 8 "Clasificación de Aplicaciones Financieras",

   Se detallan los montos que corresponden a la partida de carácter no limitativo incluida en los siguientes objetos:
   El objeto 141.000 "Combustibles derivados del petróleo", incluye una partida equivalente a $ 1.730.522.186 (mil setecientos treinta millones quinientos veintidos mil ciento ochenta y seis pesos uruguayos) de combustible para generación.
   El objeto 251.000 "Arrendamientos de inmuebles en el país" incluye una partida equivalente a $ 12.831.553 (doce millones ochocientos treinta y un mil quinientos cincuenta y tres pesos uruguayos) por arrendamiento de predios de parques eólicos.
   El objeto 279.000 "Servicios Contratados para Mantenimiento" incluye una partida equivalente a $ 36.973.554 (treinta y seis millones novecientos setenta y tres mil quinientos cincuenta y cuatro pesos uruguayos) por canon de operación y mantenimiento de interconexión que integra el costo de abastecimiento de la demanda.
   El objeto 519.020 "Otros Subsidios Organismos Públicos" incluye una partida por $ 200.000.000 (doscientos millones de pesos uruguayos), que corresponde a Gastos Delegación Comisión Técnica Mixta de Salto Grande.

   La Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas podrá adecuar el monto de las partidas de carácter no limitativo de acuerdo a sus necesidades, dando cuenta a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y al Tribunal de Cuentas.
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