Fecha de Publicación: 24/02/2021
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

Artículo 17

   REDUCCIÓN DE CREDITOS DE CONTRATOS. La Empresa reducirá para el ejercicio 2020 y a partir de la fecha del vencimiento de los contratos de Becarios, Pasantes, Contratos a Término, arrendamientos de servicios de personas físicas y artículo 23° de la Ley N° 17.556, como mínimo el 40% del importe mensual de los mismos.
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