Fecha de Publicación: 21/01/2021
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE AMBIENTE

Artículo 28

   La Administración abonará el sueldo, el sueldo anual complementario, la prestación por comida fuera del hogar y las compensaciones que se establecen en los artículos pertinentes. 
   Además, abonará asignación familiar, prima por matrimonio, prima por nacimiento y demás beneficios sociales correspondientes, de acuerdo a la reglamentación que dictará el Directorio conforme a las leyes vigentes.
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