MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Agrégase al artículo 2º del decreto 234/985, de 13 de junio de 1985, el siguiente inciso: "En lo que respecta a los acuerdos celebrados por la República en el marco jurídico del Tratado de Montevideo 1980, la aplicación del presente decreto se ajustará a las disposiciones establecidas en cada uno de ellos."Ayuda