Fecha de Publicación: 26/01/2021
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

Artículo 10

   Toda compensación que perciba un funcionario por el desempeño de determinadas tareas,  se perderá cuando se produzca el traslado del mismo y la nueva jefatura lo considere necesario,  a excepción de la Compensación Funciones Asignadas para la cual se aplica lo establecido en el Artículo 8° literal l. 
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