Fecha de Publicación: 31/12/2019
Página: 7
Carilla: 7

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

                               Decreto 390/019

Incorpóranse al Anexo I del Decreto 19/017 de 24 de enero de 2017, las posiciones arancelarias que se determinan.
(5.095*R)

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS 
 MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
  MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA

                                       Montevideo, 23 de Diciembre de 2019

   VISTO: el Decreto N° 19/017 de 24 de enero de 2017.

   RESULTANDO: que la citada norma dispuso los ítems arancelarios que establecen las tasa de devolución de tributos a las exportaciones.

   CONSIDERANDO: que corresponde acceder a la solicitud de incorporación de los productos con ítems arancelarios 3808.62.90.00 "Los demás" y 3808.69.90.00 "Los demás".

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto; y a lo establecido por el artículo 2° de la Ley N° 16.492 de 2 de junio de 1994, en la redacción dada por el artículo 362 de la Ley N° 19.149 de 24 de octubre de 2013 y sus decretos reglamentarios,

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Incorpórase al Anexo I del Decreto N° 19/017 de 24 de enero de 2017, la siguiente posición arancelaria:

NCM
%
3808.62.90.00
3
3808.69.90.00
3

   Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período 2015-2020; DANILO ASTORI; GUILLERMO MONCECCHI; ENZO BENECH.
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