Fecha de Publicación: 11/10/1996
Página: 52-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 31

   La solicitud de registro será firmada por el responsable de la empresa
y por un Ingeniero Agrónomo. Se acompañará de una muestra del producto y
se proporcionará la siguiente información:
   a) nombre, dirección y número de registro de la empresa ante la
Dirección de Suelos y Aguas;
   b) tipo de material calcáreo y marca de fábrica si la tuviera;
   c) análisis mínimo garantido, estableciendo: poder de neutralización
expresado en % de CaCO3, suma de % CaO y % MgO, % MgO si corresponde, %
poder relativo de neutralización total, reactividad de las partículas;
   d) los porcentajes de elementos contenidos en los materiales calcáreos
se expresarán por cifras enteras. En todos los casos, el redondeo de
cifras se admitirá sólo hacia el valor inmediato inferior;
   e) la finura del material calcáreo terminado, indicando tipo y número
de tamiz y porcentaje en que lo atraviesa;
   f) facsímil del rótulo que lucirán los envases.
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