Fecha de Publicación: 13/01/2021
Página: 15
Carilla: 15

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

Artículo 8

   (Escala de sueldos)

   La URSEC mantendrá, hasta tanto no se realice una reestructura de puestos de trabajo y de remuneraciones, la escala de sueldos actualizada establecida por el Art 109 de la Ley 18.046 de 24 de Octubre de 2006, así como los montos de remuneraciones actuales de los funcionarios que mantienen cargos de la ex Dirección Nacional de Comunicaciones, transferidos a URSEC.
   El monto total de las remuneraciones fijado se mantendrá discriminado en los objetos de gasto abiertos para la Administración Central hasta tanto no sean reformulados.
   Los sueldos nominales expresados a precios de Enero de 2020 serán los siguientes:
   (objetos del gasto 011 300, 048 032, 048 033)

Denominación
Escalafón
Grado
Sueldo Base
Presidenta URSEC
 
 
180.064
Directores URSEC
 
 
147.717
Gerente General
A
16
29.529
Gerente de División
A
15
26.889
Jefe de Departamento
A
14
23.631
Director de División
A
14
24.539
Profesional I
A
14
24.236
Profesional II
A
13
22.467
Profesional III
A
12
20.661
Profesional XI
A
4
10.775
Sub Director de División
B
13
22.467
Jefe de Unidad
B
12
19.896
Técnico I
B
12
20.661
Jefe de Unidad
C
12
19.896
Jefe de Departamento
C
11
19.084
Administrativo 1
C
10
17.543
Administrativo 2
C
9
16.209
Administrativo 3
C
8
15.059
Especialista I
D
11
19.084
Especialista II
D
10
17.543
Especialista III
D
9
16.209
Auxiliar I
F
6
12.595
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