Fecha de Publicación: 13/01/2021
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Carilla: 15

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

Artículo 20

  (Contratación en Régimen de Función Pública)

   Facúltese a la URSEC a contratar personal, bajo el régimen de función pública, debiendo contar con informe previo favorable de la OPP, realizando las comunicaciones respectivas al Tribunal de Cuentas.
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