Fecha de Publicación: 15/01/2021
Página: 9
Carilla: 9

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

Artículo 44

   (Prorroga Automática)
   Mientras no se aprueben los presupuestos siguientes al Ejercicio 2020, la URSEA continuará aplicando las disposiciones del presente, de acuerdo a las disposiciones constitucionales aplicables (Artículo 228 de la Constitución de la República).
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