PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
Artículo 24
(Escala de Sueldos de la URSEA)
La escala de sueldos de la URSEA que se detalla a continuación, estará sujeta a los aumentos salariales que oportunamente se decreten:
Escala
Total
Nivel A 16
265.607
Nivel A 15
224.520
Nivel A14
165.706
Nivel A13
148.354
Nivel A12
83.014
Nivel A12 - B12
83.014
Nivel A4 especial
127.352
Nivel A4
87.165
Nivel C13
69.892
Nivel C12
62.120
Nivel C11
49.697
A valores a Enero 2020 - jornada formal de 40 horas semanales.
Esta escala incluye el ajuste homologado judicialmente (objeto del gasto 042.142) y la correspondiente equiparación, en virtud de los principios jurídicos de equidad y de igual remuneración a igual función; para ello se utiliza el Objeto del Gasto 042.522. Se contempla para el 2020 la estructura funcional existente, hasta tanto no se apruebe una nueva.
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