Fecha de Publicación: 15/01/2021
Página: 9
Carilla: 9

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

Artículo 23

   (Subsidio a Directores Salientes)
   Al tenor del régimen jurídico específico aplicable, los Directores salientes percibirán el subsidio referido en el artículo 4° de la ley N° 17598, de 13 de diciembre de 2002, en la redacción dada por el artículo 242 de la ley N° 19.889, de 9 de julio de 2020. Previsto en "Funcionamiento - Gastos", en el renglón objeto 0575 auxiliar 000.-
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