Fecha de Publicación: 15/01/2021
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Carilla: 9

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

Artículo 19

      El Directorio dará cumplimiento a los Artículos 49° y 50° de la Ley N° 18.651 (de Protección al Discapacitado) del 19 de febrero de 2010 y el Artículo 4° de la Ley N° 19.122 (Afrodescendientes) del 21 de agosto de 2013 y en el Artículo 12° de la Ley N° 19.684 de 26 de octubre de 2018 (Personas Trans).
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