Fecha de Publicación: 09/01/2001
Página: 490-A
Carilla: 22

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

Artículo 3

 Comuníquese a la Secretaría Administrativa del Grupo Mercado Común del 
Mercosur, publíquese.
BATLLE, HORACIO FERNANDEZ, DIDIER OPERTTI.

MERCOSUR/GMC/RES. Nº 42/00

          REGLAMENTO TECNICO MERCOSUR DE MEDICINA TRANSFUSIONAL           
                                                                          
VISTO: el Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto las 
Resoluciones Nº 91/93, 130/96, 152/96 y 38/98 del Grupo Mercado Común y 
la Recomendación Nº 12/99 del SGT Nº 11 "Salud".

CONSIDERANDO:

La solicitud de revisión del Reglamento Técnico de Medicina 
Transfusional, Resolución GMC Nº 130/96 presentada por los representantes 
de Brasil y Uruguay, la autorización del GMC para su revisión, se 
procedió conforme a los puntos en discusión lográndose un consenso en el 
documento.

                          EL GRUPO MERCADO COMUN                          
                                                                          
                                RESUELVE:                                 
                                                                          
Art. 1 - Aprobar el "Reglamento Técnico MERCOSUR de Medicina 
Transfusional", que consta como Anexo y forma parte de la presente 
Resolución.

Art. 2 - Los Estados Partes, pondrán en vigencia las disposiciones 
legislativas, reglamentarias y administrativas necesarias para dar 
cumplimiento a la presente Resolución a través de los siguientes 
organismos:

Argentina: Ministerio de Salud
Brasil:    Agência Nacional de Vigilância Sanitária/Ministério da Saúde
Paraguay:  Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social
Uruguay:   Ministerio de Salud Pública

Art. 3 - Al entrar en vigencia la presente Resolución queda derogada la 
Resolución GMC Nº 130/96.

Art. 4 - La presente Resolución se aplicará en el territorio de los 
Estados Partes al comercio entre ellos y a las importaciones extrazona.

Art. 5 - Los Estados Partes del MERCOSUR deberán incorporar la presente 
Resolución a sus ordenamientos jurídicos nacionales antes del 1º de enero 
de 2001.

                                      XXXVIII GMC - Buenos Aires, 28/VI/00
                                                                          
          REGLAMENTO TECNICO MERCOSUR DE MEDICINA TRANSFUSIONAL           
                                                                          
                               INTRODUCCION                               
                                                                          
Las necesidades terapéuticas de los pacientes en lo relativo a la sangre, 
componentes y hemoderivados, son definidas, realizadas, controladas y sus 
resultados evaluados por la Medicina Transfusional. Esta cumple con sus 
finalidades y objetivos a través de distintos niveles de Servicios de 
Medicina Transfusional, que reciben los productos sanguíneos procesados 
por Bancos de sangre propios o externos y de las plantas productoras de 
hemoderivados industrializados, debidamente autorizados y habilitados por 
la Autoridad Sanitaria competente.

                         A. PRINCIPIOS GENERALES                          
                                                                          
A. 1. Las Unidades de Hemoterapia o Servicios de Medicina Transfusional 
estarán a cargo de un Jefe o un Director que deberá ser un médico 
especialista quien será responsable de todas las tareas técnicas y 
administrativas. Atento a la Legislación de cada país, en Argentina el 
jefe deberá ser especialista en Hemoterapia, en Brasil deberá ser 
Hemoterapeuta o Hematólogo o Médico Calificado por el órgano competente, 
en Paraguay deberá ser Hemoterapeuta, Hematólogo o Médico Calificado por 
el órgano competente y en Uruguay debe ser especialista en Hemoterapia. 
Estas responsabilidades deberán incluir el cumplimiento de estas Normas y 
de la determinación de la conveniencia terapéutica de la indicación de la 
transfusión de sangre y/o componentes así como su recolección, estudios 
serológicos e inmunohematológicos, almacenamiento, procesamiento y 
distribución. La responsabilidad de la indicación terapéutica será 
compartida por el médico solicitante. Las actividades que no estén 
específicamente consideradas por estas Normas deberán ser aprobadas por 
el Jefe o Director Médico.

Toda Institución que brinde Asistencia Sanitaria, que cuente con servicio 
de Emergencia o realice intervenciones clínicas y/o quirúrgicas de 
mediana o gran complejidad o brinden servicios de Obstetricia o posean 
unidades de Diálisis, debe contar con Servicios de Medicina Transfusional 
propios o contratados con capacidad de almacenamiento, conservación, 
transfusión de sangre y hemocomponentes.

A. 2. Los Servicios de Medicina Transfusional o Unidades de Hemoterapia 
deben tener personal profesional, técnico, administrativo y auxiliar 
suficiente y competente, bajo la supervisión del Jefe o Director Médico. 
La constitución del equipo profesional que secunde al Jefe o Director 
Médico dependerá de las necesidades y complejidad de la Unidad de 
Hemoterapia o Servicio de Medicina Transfusional.

A. 3. Las Unidades de Hemoterapia o Servicios de Medicina Transfusional 
deben contar con un programa para controlar las prácticas transfusionales 
incluyendo las indicaciones, el uso y el descarte de los componentes 
sanguíneos. La transfusión de sangre y componentes debe ser indicada con 
criterio teniendo en cuenta que es un procedimiento que no está exento de 
riesgos.

A. 4. Todas las Unidades de Hemoterapia o los Servicios de Medicina 
Transfusional deben implementar programas destinados a minimizar los 
riesgos para la salud y seguridad de los receptores, de los donantes y 
del personal.

A. 5. Cada Unidad de Hemoterapia o Servicio de Medicina Transfusional 
deben mantener un detallado manual de procedimientos técnicos y 
administrativos, el cual debe ser accesible a todo el personal en todo 
momento.

Será de cumplimiento obligatorio para todo el personal actuante. Su 
incumplimiento implicará responsabilidad personal.

El Jefe o Director Médico debe hacer por lo menos una revisión anual de 
todos los procedimientos. Debe asegurar que las normas y procedimientos 
sean apropiadamente ejecutados, y que los equipos, materiales y 
reactivos, funcionen correctamente. Las pautas establecidas en el Manual 
de Procedimientos estarán destinadas a minimizar los riesgos para la 
salud de los receptores, de los donantes y del personal.

Se debe contar con dependencias, ambientes y equipos adecuados para que 
las diferentes prácticas que se puedan realizar en forma confortable para 
el donante, paciente y personal.

A. 6. Todos los materiales y sustancias que entran directamente en 
contacto con la sangre o componentes a ser transfundidos deben ser 
estériles, apirogénicos, descartables y elaborados de acuerdo a la 
normativa MERCOSUR

Todos los materiales, sustancias e insumos: bolsas, equipos de 
transfusión, filtros, equipos de aféresis, jeringas, agujas y 
anticoagulantes usados para la preservación, procesamiento, 
almacenamiento y transfusión de la sangre y sus componentes y todos los 
reactivos empleados para analizar las muestras de sangre, deben 
satisfacer las normas vigentes y deben estar registrados y autorizados 
por la Autoridad Sanitaria competente.

A. 7. Las Unidades de Hemoterapia o Servicios de Medicina Transfusional 
deben establecer un programa de control de calidad interno y participar 
de programas de control de calidad externo, para asegurar que las normas 
y procedimientos sean apropiadamente ejecutados, y que los equipos, 
materiales y reactivos, funcionan correctamente. Estos controles 
incluirán la evaluación de las indicaciones, el uso y que el descarte de 
la sangre y sus componentes, se hallen dentro de los patrones 
establecidos.

A. 8. Previamente a cualquier donación se debe obtener un consentimiento 
escrito del donante. A cada donante se le debe explicar en términos 
sencillos las características del proceso de donación y se le debe dar 
información sobre los riesgos del mismo y sobre las pruebas 
laboratoriales a realizar para detectar enfermedades infecciosas. Se debe 
ofrecer al donante la oportunidad de efectuar consultas sobre el 
procedimiento y de denegar su consentimiento. En el caso de un menor de 
edad, el consentimiento será dado por el responsable legal. Si se desea 
incorporar al donante a un fichero de donantes potenciales, se debe 
obtener previamente su consentimiento específico.

A. 9. Se debe informar a todos los donantes potenciales sobre los riesgos 
de enfermedades infecciosas transmisibles por transfusión. El donante 
debe dejar constancia escrita de haber comprendido dicha información, de 
que se le ha dado la oportunidad de efectuar consultas y de que ha 
provisto información adecuada de acuerdo a su leal saber y entender.

A. 10. Todas las tareas realizadas e inscriptas en registros, planillas, 
rótulos, etc., deben tener una firma o código personal que permita 
identificar al operador actuante.

                          B. DONANTES DE SANGRE                           
                                                                          
La donación de sangre debe ser voluntaria y altruista.

Todo candidato a donar sangre con fines transfusionales debe dar 
previamente el consentimiento escrito a la donación de sangre. A tales 
efectos se le debe explicar en términos sencillos las características del 
proceso de donación, los riesgos del mismo y las pruebas a realizar para 
detectar enfermedades infecciosas. Se le informará sobre la importancia 
de los riesgos de transmitir enfermedades infecciosas por las 
transfusiones de sangre o componentes. Se debe ofrecer al donante la 
oportunidad de efectuar consultas sobre el procedimiento y de denegar su 
consentimiento. Si se desea incorporar al donante a un fichero de 
donantes potenciales, se debe obtener previamente su consentimiento 
específico. El donante debe dejar constancia escrita de haber comprendido 
dicha información, de que se le ha dado oportunidad de efectuar consultas 
y de que ha provisto información adecuada de acuerdo a su leal saber y 
entender. Se debe garantizar la confidencialidad del donante.

B.1. Selección del donante

B.1.1. Criterios para la protección del donante.
El día de la donación, bajo supervisión médica, un profesional de salud 
capacitado y conocedor de estas normas evaluará los antecedentes y el 
estado actual del donante para determinar si se le puede realizar la 
extracción sin causarle perjuicio.

B.1.1.1. Enfermedades:
Los donantes potenciales con enfermedad hematológica, dermatológica, 
psiquiátrica, cardíaca, renal, hepática, pulmonar, autoinmune, diabetes, 
hipertiroidismo, E. de Hansen, tuberculosis, cáncer, tendencia al 
sangrado anormal, convulsión epiléptica o pérdida del conocimiento, 
intervención quirúrgica en los últimos 12 meses, deben ser 
convenientemente evaluados y pueden ser excluidos de la donación en forma 
temporal o definitiva.

B.1.1.2. Medicamentos:
La terapéutica con medicamentos debe ser evaluada para que la donación no 
sea perjudicial para el donante y/o para el receptor, por cuyo motivo 
debe ser evaluado el tipo de droga y el cuadro clínico que determinó la 
indicación. La ingestión de ácido acetilsalicílico dentro de las 36 horas 
previas a la donación excluirá la unidad para ser destinada a la 
preparación de concentrado de plaquetas.

B.1.1.3. Frecuencia:
Excepto circunstancias razonablemente justificadas, no se debe extraer a 
los donantes más de 500 ml de sangre en un período de 8 semanas. La 
donación de sangre total debe ser diferida durante por lo menos 48 horas 
luego de una sesión de hemaféresis. En casos especiales, con 
consentimiento del donante, se puede establecer un programa para proveer 
transfusiones de un solo donante a un paciente determinado. El donante 
debe cumplir con todos los requisitos exigidos en B.1 para la donación 
inicial. Luego, la frecuencia de las donaciones puede ser programada y la 
concentración de hemoglobina o el hematocrito debe estar de acuerdo a lo 
indicado en B.1.1.5. En caso de donante autólogo, la frecuencia de las 
donaciones puede ser programada de acuerdo al protocolo médico aprobado 
por el jefe o director médico.

B.1.1.4. Edad:
El donante de sangre o componentes sanguíneos debe tener entre 18 y 65 
años de edad. Los donantes no incluidos entre estos límites, para su 
aceptación, deben ser previamente evaluados por un médico hemoterapeuta, 
y en el caso de los menores de 18 años se exigirá una autorización 
escrita del responsable legal.

B.1.1.5. Hemoglobina o hematocrito:
Se determina la concentración de hemoglobina o el hematocrito en una 
muestra de sangre obtenida por punción digital o venopuntura. La 
concentración de hemoglobina no debe ser inferior a 12,5 g/dl o el 
hematocrito no debe ser menor de 38%.

B.1.1.6. Pulso:
El pulso debe presentar características normales, ser regular y su 
frecuencia no debe ser menor de 50 ni mayor de 100 latidos por minuto. En 
los atletas con alta tolerancia al ejercicio, una frecuencia menor puede 
ser aceptable, sujeta a evaluación médica.

B.1.1.7. Presión arterial:
La presión sistólica no debe ser mayor de 180 mmHg y la presión 
diastólica no debe ser menor de 60 mmHg ni mayor de 100 mmHg.

Los donantes potenciales con valores de presión arterial no comprendidos 
dentro de los valores mencionados sólo podrán ser aceptados con la 
aprobación de su médico.

B.1.1.8. Embarazo y menstruación:
No deben donar las mujeres embarazadas, y no pueden ser aceptadas hasta 
las 12 semanas posteriores al parto o aborto. Serán aceptadas como 
donantes las mujeres durante el periodo de lactancia, con autorización 
del médico obstetra o hemoterapeuta.

La donación autóloga será aceptada si se cuenta con la aprobación del 
médico obstetra de la gestante y del médico hemoterapeuta.

Durante el período menstrual normal se puede donar sangre. La 
hipermenorrea u otras patologías de la menstruación deben ser evaluadas 
por el profesional médico.

B.1.1.9. Peso:
Las personas que pesan 50 kg. o más podrán donar 450 ± 45 ml de sangre. 
La toma adicional para muestras no excederá los 30 ml. Quienes pesen 
menos de 50 kg. podrán donar sólo con autorización médica, una cantidad 
proporcionalmente inferior; no excediéndose los 8 ml/kg. para las mujeres 
o los 9 ml/kg. para los hombres.

La pérdida de peso inexplicable de más de 10% del peso corporal en los 
últimos seis meses será motivo de rechazo.

B.1.1.10. Ayuno:
No es conveniente el ayuno total. Es aconsejable que el donante ingiera 
antes de la donación alguna bebida o alimento, sin contenido graso ni 
alcohólico.

B.1.1.11. Alergia:
El donante alérgico solamente será aceptado si en el momento de la 
donación no tiene síntomas, exceptuando aquellos que padecen enfermedades 
atópicas graves, como asma bronquial o alergia severa a drogas, serán 
rechazados en todo momento. Los que están recibiendo tratamiento 
desensibilizante deben postergar la donación hasta 72 horas después de la 
última aplicación.

B.1.2. Criterios para protección del receptor.
El día de la donación, bajo supervisión médica, un profesional de la 
salud capacitado y conocedor de estas normas evaluará los antecedentes y 
el estado actual del donante para excluir provisoria o definitivamente a 
todo donante que presente alguna evidencia de estar en riesgo de 
transmitir infecciones por transfusión.

B.1.2.1. Aspecto general:
El donante debe tener aspecto saludable y manifestar sentirse bien.

B.1.2.2. Temperatura:
La temperatura axilar no debe exceder los 37º C.

B.1.2.3 Inmunizaciones y vacunaciones:
La inhabilitación para donar es variable:
a) Inhabilitación por 24 horas: toxoides o vacunas a gérmenes muertos 
(difteria, tétanos, cólera, tifus, paratifus, influenza, coqueluche, 
poliomielitis Salk y hepatitis B no derivados del plasma).
b) Inhabilitación por dos semanas: sueros de origen animal o vacunas a 
virus atenuados (sarampión, parotiditis, fiebre amarilla y poliomielitis 
Sabin).
c) Inhabilitación por 1 (un) mes: rubéola.
d) Inhabilitación por 1 (un) año: vacunas en fase experimental, globulina 
hiperinmune para hepatitis B, vacuna contra la rabia (con antecedente de 
mordedura de animal rabioso), inmunizaciones pasivas.

B.1.2.4. Sitio de la venopuntura:
La piel del donante en el área de la punción venosa debe estar libre de 
lesiones.

B.1.2.5. Transfusiones:
Los donantes potenciales que hayan recibido transfusiones de sangre, 
componentes sanguíneos o hemoderivados en los últimos 12 meses deben ser 
excluidos.

B.1.2.6 Enfermedades infecciosas:
El donante potencial no debe estar cursando una enfermedad infecciosa 
aguda ni debe tener antecedentes de enfermedades infecciosas 
transmisibles por sangre.

B.1.2.6.1. Enfermedades virales: Serán excluidos permanentemente como 
donantes de sangre o componentes sanguíneos quienes:
a) Tengan antecedentes de hepatitis viral después de los 10 años de edad.
b) Tengan evidencia presente o pasada, clínica o de laboratorio, de
   infección con virus HCV, HIV, HTLV o HVB. En las regiones en las cuales
   la prevalencia de anti -HBc fuera superior al 20%, criterios regionales
   de selección podrán ser adoptados.

B.1.2.6.2 Paludismo (malaria):
El Paludismo debe ser considerado de acuerdo a la endemia regional, de la 
siguiente forma:

a) AREAS ENDEMICAS
Definidas como área de alto, mediano o bajo riesgo para malaria usando 
como criterio de referencia el índice parasitario anual (IPA), 
establecido por el órgano oficial.

a-1)- Antecedentes de malaria
* Rechazar a los potenciales donantes con historia de malaria en los
  últimos 12 meses.
* Rechazar a los potenciales donantes con fiebre en los últimos 30 días.
* Realizar una prueba de diagnóstico parasitológico en sangre a los
  potenciales donantes con sospecha de malaria en los últimos 30 días.
* Realizar una prueba de diagnóstico parasitológico en sangre a los
  potenciales donantes que tuvieron malaria entre 12 y 36 meses.

a-2) Estadía en área de riesgo
* Rechazar a los potenciales donantes procedentes de áreas de alto riesgo
  de malaria de acuerdo con el IPA.
* Realizar una prueba de diagnóstico parasitológico en sangre a los
  potenciales donantes procedentes de áreas de medio y bajo riesgo.

a-3) Residentes en área de malaria
* Rechazar a los potenciales donantes residentes en áreas de alto riesgo
  según IPA. Serán considerados aptos cuando el IPA lo permita.
* Realizar una prueba de diagnóstico parasitológico en sangre a los
  potenciales donantes que residan en áreas de medio y bajo riesgo.

b) AREAS NO ENDEMICAS
* Excluir donantes que en los últimos seis meses visitaron áreas endémicas
  con transmisión activa.
* Excluir donantes que en los últimos 3 años tuvieron malaria o residieron
  en áreas endémicas.

c) FIEBRE CUARTANA
Excluir definitivamente donantes que tuvieron infección por plasmodium 
malaria.

B.1.2.6.3. Síndrome de Inmuno Deficiencia Adquirida (SIDA).
Se debe interrogar a todos los donantes acerca de situaciones y conductas 
de riesgo para el SIDA, debiéndose rechazar a quienes estuvieron 
expuestos a los mismos. El interrogatorio al donante debe incluir 
preguntas vinculadas a los síntomas y signos del SIDA, complejo 
relacionado al SIDA y sarcoma de Kaposi.

B.1.2.6.4. Enfermedad de Chagas: Los donantes potenciales con 
antecedentes de diagnóstico clínico o serológico de enfermedad de Chagas 
deben ser excluidos en forma permanente.

B.1.2.6.5. Enfermedad de Creutzfeldt-Jakob: Serán rechazados como 
donantes las personas que hayan recibido hormona hipofisaria de 
crecimiento de origen humano, transplante de dura madre o córnea, en caso 
de historia familiar de demencia que pueda ser relacionada con 
encefalopatía espongiforme.

B.1.2.6.6. Enfermedades Bacterianas: Los donantes que padezcan 
enfermedades bacterianas agudas, serán excluidos temporariamente hasta su 
curación definitiva.

B.1.2.7. Estilo de vida:

B.1.2.7.1. Adicciones:
* Cualquier evidencia de alcoholismo agudo o crónico será causa de rechazo
  transitorio o permanente.
* Se debe inspeccionar ambos brazos para detectar evidencias de uso de
  drogas parenterales, esta u otra evidencia de uso de drogas determinará
  el rechazo definitivo del donante.
* La evidencia de uso de cualquier otro tipo de drogas debe ser evaluado.

B.1.2.7.2. Enfermedades de transmisión sexual: Antecedentes repetidos de 
sífilis o gonorrea, o tratamiento para alguna de estas enfermedades, 
serán causas de rechazo permanente. En caso de primoinfección por sífilis 
o gonorrea la exclusión del donante debe ser de 12 meses luego de la 
comprobación del tratamiento adecuado y curación.

B.1.2.7.3. Situación de riesgo:
Serán inhabilitados como donantes de sangre y componentes en forma 
permanente:
* Las personas con evidencias clínicas y de laboratorio de infección por
  HIV.
* Las personas que padezcan enfermedades infecciosas transmisibles por
  transfusión.
* Personas que hayan donado la única unidad de sangre o componente
  sanguíneo transfundida a un paciente que desarrolló evidencia clínica o
  de laboratorio de hepatitis asociada a transfusión o infección con HIV,
  HTLV I y II o cualquier otra infección transmisible por transfusión de
  sangre y que no recibió ningún otro componente o derivado sanguíneo
  capaz de transmitir estas infecciones y no tuvo ninguna otra causa
  probable de infección.

Serán inhabilitados por un año como donantes de sangre y componentes, los 
candidatos que dentro de los 12 meses precedentes:

* Hombres y/o mujeres que hayan tenido sexo a cambio de drogas o dinero y
  las personas que han tenido sexo con ellos
* Hombres y/o mujeres con múltiples parejas sexuales.
* Hombres que hayan tenido relaciones sexuales con otros hombres y las
  parejas sexuales de ellos.
* Personas que hayan tenido relaciones sexuales con alguien con una prueba
  positiva para HIV, Hepatitis B, Hepatitis C u otra infección
  transmisible por sangre
* Personas que hayan estado detenidas en una institución carcelaria o
  policial.
* Personas que se hayan realizado tatuajes u otra exposición no estéril a
  sangre u otro material de riesgo biológico.
* Personas que sean parejas sexuales de hemodializados y de pacientes con
  historia de transfusión sanguínea.

B.1.3 Información provista al donante:

B.1.3.1. Autoexclusión:
Se debe brindar a cada donante la oportunidad de indicar 
confidencialmente que la unidad colectada puede ser inadecuada para 
transfusión.

B.1.3.2. Recomendaciones:
El donante debe ser informado sobre los cuidados que deberá observar 
durante la colecta y alertado sobre las posibles reacciones adversas.

B.1.3.3. Notificación de resultados:
Será responsabilidad del Director Médico contar con un sistema de 
notificación al donante por medio del cual se le comunique toda 
anormalidad significativa encontrada en su sangre. Se le indicará 
consultar al especialista.

B.2. Colecta de la sangre del donante:

B.2.1. Método:
La colecta de sangre debe ser realizada en condiciones asépticas mediante 
una sola venopuntura, con un sistema cerrado de bolsas plásticas, 
destinado a este fin, descartable, apirógeno y estéril bajo la 
supervisión de un profesional de acuerdo a la legislación de cada país.

B.2.2. Protección contra la contaminación:
La preparación de la piel para la venopuntura debe ser hecha de manera 
que asegure la asepsia. La vena a punzar no debe ser palpada luego de la 
preparación de la piel. Todo el material a utilizar debe ser estéril. Si 
fuera necesario efectuar más de una punción, debe ser usado un nuevo 
material de colecta.

B.2.3. Muestras para pruebas de laboratorio:
La tubuladura de la bolsa de colecta debe ser llenada con sangre 
anticoagulada y quedará sellada en segmentos para futuras pruebas de 
compatibilidad transfusional. Tales segmentos de la tubuladura deben ser 
separables de la bolsa sin pérdida de su esterilidad. Los tubos "piloto" 
para obtener sangre con destino a las pruebas de laboratorio, serán 
rotulados previa o simultáneamente a la colecta. Las muestras deben ser 
colectadas directamente del donante por el extremo de la tubuladura 
conectada a la vena, luego de haber sido separada la bolsa con sangre, 
corroborando los rótulos de bolsa y tubos que sean iguales.

B.2.4. Atención de los donantes:

La unidad de Hemoterapia o el Servicio de Medicina de Transfusional debe 
disponer de medicamentos, equipos e instrucciones específicas 
concernientes a los procedimientos a ser seguidos en cuanto a la 
prevención y tratamiento de las reacciones en donantes.
El donante debe recibir hidratación adecuada posteriormente a la donación 
y antes de retirarse del ámbito de la institución, de acuerdo a la 
legislación de cada Estado Parte.

B.2.5. Anticoagulantes:
Los anticoagulantes deben emplearse en las cantidades prescritas de 
acuerdo al volumen de sangre a ser colectado. Si se han colectado 300-405 
ml de sangre en un volumen de anticoagulante calculado para 450 ml, los 
concentrados de glóbulos rojos podrán ser usados para transfusión si se 
aplica un rótulo señalando: "Unidad de bajo volumen: ...... ml de 
concentrado de glóbulos rojos".

Un volumen de sangre inferior a 300 ml puede ser usado con fines 
transfusionales si fue obtenido en una cantidad de anticoagulante 
proporcionalmente reducida. No se deben preparar otros componentes a 
partir de unidades de bajo volumen.

B.2.6. Temperatura:
Inmediatamente después de la colecta, la sangre debe ser almacenada a 4 ± 
2ºC, excepto si va a ser usada como fuente de plaquetas. En este último 
caso, debe ser almacenada a 22 ± 2ºC hasta que las plaquetas sean 
separadas, pero durante no más de 8 horas.

B.2.7 Local:
La sala de colecta debe ser un local limpio, confortable y agradable, que 
posibilite que el donante se sienta cómodo, a gusto, libre de aprensión 
por la donación.

B.2.8 Identificación del donante:
La ficha del donante, la unidad de sangre y los tubos "pilotos" 
conteniendo las muestras de sangre debe identificar adecuadamente al 
donante. El nombre del donante no debe constar en la etiqueta de la 
unidad de sangre o hemocomponentes, con excepción de aquellas destinadas 
a transfusión autóloga.

B.3. Extracciones terapéuticas de sangre:
Las extracciones de sangre con fines terapéuticos sólo serán realizadas 
cuando el médico del paciente lo solicite por escrito, y el médico de la 
Unidad de Hemoterapia o Servicio de Medicina Transfusional decida aceptar 
la responsabilidad del acto. La sangre extraída no podrá ser utilizada 
para transfusión homóloga. El procedimiento debe utilizar un sistema de 
colecta cerrado y estéril.

B.4. Preparación de componentes sanguíneos

B.4.1. Principios generales:
Los componentes sanguíneos son preparaciones obtenidas por separación a 
partir de unidades de sangre total o elaboradas mediante hemaféresis, y 
que son utilizados como productos finales para transfusión.
La esterilidad del componente debe ser mantenida durante el procesamiento 
mediante el empleo de métodos asépticos, equipos y soluciones estériles, 
libres de pirógenos. La transferencia de componentes debe hacerse 
preferentemente con equipos de circuito cerrado. De esta manera, el 
período de almacenamiento estará limitado solamente por la viabilidad y 
estabilidad de los componentes.
Si durante el procedimiento se abriera el circuito, incluyendo la 
preparación de "pool", los componentes conservados a 4 ± 2º C tendrán un 
tiempo de validez de 24 horas, y los componentes conservados a 22 ± 2º C 
tendrán un tiempo de validez de 4 horas.
Si los componentes van a ser criopreservados, deben ser colocados en el 
congelador dentro de las 4 horas a partir de la apertura del circuito; 
cuando tales componentes sean descongelados, deberán ser transfundidos 
dentro de las 6 horas si son almacenados a 22 ± 2º C. y dentro de las 24 
horas si son almacenados a 4 ± 2º C.
Las alícuotas de sangre o componentes y los "pool" de componentes deben 
cumplir las condiciones establecidas en este ítem.

B.4.2. Componentes eritrocitarios:

B.4.2.1. Concentrados de glóbulos rojos.
Son los glóbulos rojos remanentes luego de remover el plasma de una 
unidad de sangre total sedimentada o sometida a centrifugación. Los 
glóbulos rojos pueden ser separados del plasma en cualquier momento antes 
de la fecha de expiración de la sangre.

B.4.2.2. Glóbulos rojos congelados, glóbulos rojos desglicerolizados.

Son los glóbulos rojos que han sido conservados en estado de 
congelamiento a temperaturas óptimas y en presencia de un agente 
crioprotector el cual es removido por medio de lavados antes de la 
transfusión.

El método de preparación debe asegurar la remoción adecuada del agente 
crioprotector, un nivel mínimo de hemoglobina libre en la solución 
sobrenadante, la recuperación de por lo menos el 80% de los glóbulos 
rojos originales luego de la desglicerolización y la viabilidad de por 
los menos el 70% de los glóbulos rojos transfundidos 24 horas después de 
la transfusión.

Los glóbulos rojos podrán ser congelados dentro de los 6 días a partir de 
la colecta de sangre, excepto cuando sean rejuvenecidos.

En el momento de preparar el componente final destinado a transfusión, la 
tubuladura conectada a la bolsa debe ser llenada con una alícuota del 
componente y sellada de manera tal que resulte disponible para 
subsiguientes pruebas de compatibilidad.

B.4.2.3. Glóbulos rojos lavados:
Son los glóbulos rojos que se obtienen después de efectuar lavados con 
solución isotónica de cloruro de sodio, con la finalidad de eliminar la 
mayor cantidad posible de plasma. Según el método usado, la preparación 
puede contener cantidades variables de leucocitos y plaquetas de la 
unidad original.

B.4.2.4. Glóbulos rojos leucoreducidos
Son los glóbulos rojos preparados por un método que asegure la 
recuperación de por lo menos el 85% de los glóbulos rojos originales. 
Deben ser preparados por un método que reduzca el número de leucocitos en 
el componente final a menos de 5 x 106

B.4.2.5 Glóbulos rojos rejuvenecidos:
Son los glóbulos rojos tratados por un método que restablezca los niveles 
de 2,3- DPG y ATP a valores normales o superiores, después del 
almacenamiento a 4 ± 2º C durante hasta 3 días después del vencimiento. 
Luego del procedimiento de rejuvenecimiento, los glóbulos rojos pueden 
ser apropiadamente lavados y transfundidos dentro de las 24 horas, o 
glicerolados y congelados. Los rótulos deben indicar el uso de soluciones 
de rejuvenecimiento.

B.4.3. Componentes plasmáticos:

B.4.3.1. Plasma fresco congelado:
Es el plasma obtenido de una unidad de sangre total separado en un 
sistema cerrado cuyo proceso de congelamiento ha sido completado en un 
período inferior a las 8 horas, debiendo ser almacenado a una temperatura 
inferior a menos de -20º C. Si se emplea un baño de congelamiento 
líquido, la bolsa plástica debe ser protegida de alteración química, 
derrames y contaminación.

B.4.3.2. Plasma Congelado: Es el plasma obtenido de una unidad de sangre 
total, separado en un sistema cerrado cuyo proceso de congelamiento ha 
sido completado en un período superior a 8 horas, debiendo ser almacenado 
a una temperatura inferior a - 20º C.

B.4.3.3. Plasma Remanente:
Es el plasma obtenido a partir de plasma fresco, plasma fresco congelado 
o plasma congelado después de retirado los componentes, debiendo ser 
nuevamente congelado y almacenado a temperatura no superior a -20º C.

B.4.3.4. Plasma Recuperado:
Es el que no reúne los requisitos de plasma fresco, plasma fresco 
congelado, plasma remanente y que se destina exclusivamente a la 
producción de hemoderivados, debiendo ser almacenados a una temperatura 
inferior a -20º C.

B.4.3.5. Crioprecipitado:
Es la fracción de plasma insoluble en frío, obtenida a partir del plasma 
fresco congelado. Este debe ser descongelado a 4± 2º C. Inmediatamente 
después de completado el descongelamiento, el plasma debe ser 
centrifugado a la temperatura de 4 ± 2º C y separado del material 
insoluble en frío bajo condiciones estériles. El crioprecipitado 
resultante debe ser recongelado dentro de la hora posterior a su 
obtención. El producto final debe contener como mínimo 80 UI de Factor 
VIII y 150 mg/dl de fibrinógeno en todas las unidades analizadas.

B.4.4. Concentrados plaquetarios:
El concentrado de plaquetas es una suspensión de plaquetas en plasma 
preparada mediante centrifugación de una unidad de sangre total, 
colectada en tiempo no mayor de 15 minutos, o mediante citaféresis.

El concentrado obtenido a partir de sangre total debe contener como 
mínimo 5,5 x 1010 plaquetas en cada unidad de plaquetas, en por los menos 
el 75% de las unidades evaluadas al tiempo máximo de almacenamiento.

El concentrado obtenido por aféresis debe contener como mínimo 3 x 1011 
plaquetas en cada unidad de plaquetas en por lo menos el 75% de las 
unidades evaluadas.
Las plaquetas deben estar suspendidas en suficiente cantidad de plasma, 
de manera tal que el pH determinado a la temperatura de conservación debe 
ser 6,2 o mayor en las unidades evaluadas al final del período permitido 
de almacenamiento. Las unidades con agregados plaquetarios groseramente 
visibles luego del almacenamiento no deben ser empleadas para 
transfusión.

B.4.5. Concentrado de granulocitos:
Es una suspensión de granulocitos en plasma preparada mediante 
citaféresis. El componente debe contener como mínimo 1,0 x 1010 
granulocitos en por lo menos el 75% de las unidades evaluadas.

B.4.6. Componentes sanguíneos irradiados:

B.4.6.1. La dosis de irradiación suministrada será de un mínimo de 2500 
cGy sobre el plano medio de la unidad irradiada. La dosis mínima en 
cualquier punto de la unidad debe ser de 1500 cGy.
Las unidades irradiadas deben ser adecuadamente rotuladas e 
identificadas. Se debe controlar la irradiación por lote de 
hemocomponente irradiado, utilizando indicadores de acuerdo a las normas 
de cada país.
Para reducir el riesgo de enfermedad injerto versus huésped, se 
recomienda la irradiación de productos hemoterapéuticos, principalmente 
productos celulares, cuando son destinados a transfusiones intrauterinas, 
recién nacidos de bajo peso, pacientes inmunodeficientes y/o 
inmunosuprimidos, pacientes sometidos a transplante de médula ósea y 
cuando el receptor fuera familiar de primer grado del donante.

B.4.6.2. Se deberá efectuar anualmente una verificación de la dosis de 
radiación liberada por los aparatos utilizados y documentada 
fehacientemente, de acuerdo a las normas de cada país.

B.5. Investigaciones en la sangre del donante

B.5.1. Determinación del grupo ABO
Se debe determinar el grupo ABO investigando los glóbulos rojos con 
reactivos anti-A, anti-B y anti-AB. La prueba inversa debe ser realizada 
enfrentando el suero o plasma con suspensión de glóbulos rojos conocidos 
A1 y B.
La unidad de sangre no deberá ser liberada para su utilización hasta que 
cualquier discrepancia haya sido resuelta.

B.5.2. Determinación del factor Rh (D)
El factor Rh (D) será determinado enfrentando los eritrocitos con suero 
anti-Rh (D) incluyendo uso de suero control del mismo fabricante. Si la 
reacción fuera negativa se deberá efectuar la técnica para la detección 
de D débil.

Cuando la prueba para D o la prueba para D débil resulte positiva, la 
sangre será rotulada "Rh Positivo". Cuando ambas pruebas resulten 
negativas, la sangre será rotulada "Rh Negativo".

Se recomienda determinar el fenotipo del sistema Rh en todas las personas 
Rh negativo y en los individuos Rh positivo con la finalidad de disminuir 
aloinmunizaciones.

B.5.3. Registros previos

El registro de una tipificación ABO y Rh (D) previa de un donante no 
servirá para la identificación de las unidades de sangre 
subsiguientemente donadas por el mismo donante.

Nuevas determinaciones deben ser realizadas en cada colecta. Si hubiera 
existido una donación previa, se debe comparar la tipificación ABO y Rh 
(D) con el último registro disponible. Cualquier discrepancia debe ser 
resuelta antes de rotular la unidad de sangre.

B.5.4. Pruebas para la detección de anticuerpos irregulares
Se debe realizar en los donantes la pesquisa de anticuerpos séricos 
irregulares, empleando métodos que demuestren anticuerpos clínicamente 
significativos. Esta determinación solamente podrá ser obviada si 
sistemáticamente se realiza la prueba de compatibilidad transfusional 
menor cuando se transfunde sangre total, concentrado de glóbulos rojos, 
concentrado de plaquetas o plasma. Las unidades de sangre que contengan 
tales anticuerpos podrán ser transfundidas a pacientes que no posean los 
antígenos correspondientes.

B.5.5. Pruebas para enfermedades transmisibles

B.5.5.1 En una muestra de sangre de cada donante se debe realizar las 
investigaciones serológicas para: sífilis, enfermedad de Chagas (Anti T 
cruzi) síndrome de inmuno deficiencia adquirida (Anti HIV 1-2), hepatitis 
B (HBs Ag y Anti HBc), hepatitis C (Anti HCV) y HTLV I y II y otras 
enfermedades transmisibles por la sangre con significado epidemiológico 
en el Estado Parte.

En el caso de infección por HIV se debe realizar obligatoriamente dos 
ensayos, basados en metodologías y/o antígenos diferentes.

En el caso de la enfermedad de Chagas se debe hacer doble determinación 
serológica con metodologías distintas. En los países donde la enfermedad 
no es endémica se podrá realizar un solo ensayo serológico con buena 
sensibilidad y especificidad de acuerdo con las normas propias del país.

No se debe usar sangre o sus componentes con fines transfusionales cuando 
la prueba para anti HBc resulta reactiva.

En las regiones donde la prevalencia del Anti HBc fuera superior al 20% 
permítese la liberación de los hemocomponentes Anti HBc positivos que 
presenten concomitantemente Anti HBs reactivo, confiriendo inmunidad.

B.5.5.2 La sangre total y los componentes sanguíneos sólo podrán ser 
usados para transfusión cuando las pruebas precedentes resulten no 
reactivas. Es obligación la realización de los estudios serológicos en 
todas las unidades de sangre colectadas, con técnicas de laboratorio de 
la más alta sensibilidad. Si cualquiera de las pruebas siguientes 
realizadas en el donante, resultasen reactivas, el médico solicitante y 
el receptor deben ser notificados al respecto.

B. 5.5.3 Malaria, brucelosis, detección de hemoglobinas anormales y otras 
enfermedades.

Cada país determinará los métodos requeridos para evitar la transmisión a 
través de la sangre de patologías de significancia regional. Los envíos 
de sangre y hemocomponentes, excepto plasma que se envía a 
fraccionamiento industrial deben cumplir con las normas del país 
destinatario y del país de origen de los productos.

B.5.5.4 Citomegalovirus (CMV)
Se realizará la determinación de todas las unidades de sangre o 
componentes destinadas a:
a) Pacientes sometidos a transplantes de órganos y negativos para CMV.
b) Recién nacidos de madres CMV negativas.
c) Como alternativa se podrá obtener sangre con bajo riesgo de
   transmisión de CMV a través de la utilización de filtros de leucocitos
   de no menor de 4 logaritmos de eficiencia.

B.5.5.5 Compete al órgano ejecutor de las actividades hemoterapéuticas:
a) Realizar tamizaje serológico de los donantes a través de test de alta 
sensibilidad.
b) Descartar convenientemente la sangre con resultados serológicos 
positivos para cualquiera de las reacciones antes mencionadas;
c) Convocar, orientar y encaminar al donante con resultados serológicos 
anormales a servicios asistenciales para su diagnóstico y tratamiento.
d) Mantener los registros de los resultados de los exámenes realizados 
así como, las interpretaciones y disposiciones finales.
e) Cada servicio deberá mantener una seroteca con muestra de cada unidad 
colectada como mínimo durante un año.

A. 5.5.6 No es obligatorio que el órgano ejecutor de las actividades de 
hemoterapia realice estudios confirmatorios de diagnóstico. Deberá 
entretanto ser respetado en su totalidad lo manifestado en el punto 
anterior (B.5.5.5. c)

B.6 Identificación de la unidad de sangre

B.6.1 Normas generales:

B.6.1.1. El rótulo y las etiquetas de cada unidad de sangre o componentes 
deben estar firmemente adheridas a la bolsa plástica.

B.6.1.2. Todas las anotaciones y modificaciones escritas a mano deben ser 
claramente legibles con tinta indeleble, atóxica y a prueba de agua.

B.6.1.3. Las unidades de sangre y componentes pueden tener más de un 
rótulo desde que no se superpongan rótulos preexistentes.

B.6.1.4. Es obligatorio el control de cada unidad por una persona que no 
es la que efectuó la rotulación de la bolsa de sangre o componentes.

B.6.2. Identificación específica.

B.6.2.1. La identificación debe permitir el seguimiento de la unidad 
desde su obtención hasta terminar el acto transfusional, permitiendo 
inclusive la investigación de efectos adversos que eventualmente puedan 
ocurrir durante y después del acto transfusional.

B.6.2.2. La identificación debe realizarse por sistema numérico o 
alfanumérico. En el momento de la colecta, el número o alfanúmero será 
puesto de manera legible y clara en las bolsas principales y satélites, 
no debiendo ser raspada, removida o cubierta posteriormente por sectores 
o individuos que puedan manipular el producto.

B.6.2.3. Las instituciones, organismos y sectores intermediarios pueden 
usar para el procedimiento un sistema numérico o alfanumérico propio, 
rótulos suplementarios que identifiquen a la institución que recibió las 
unidades de sangre o componentes para su almacenamiento o transfusión.

B.6.2.4. No deben constar en el rótulo más de dos números o alfanúmeros 
que identifiquen la unidad de sangre o componentes. En caso de necesidad 
de una tercer identificación, la numeración original no debe ser cubierta 
o removida.

B.6.3. Datos incluidos en el rótulo en la fase de colecta y 
procesamiento

B.6.3.1. Nombre y dirección de la institución colectora.

B.6.3.2. Nombre y volumen aproximado del producto sanguíneo

B.6.3.3. Identificación numérica o alfanumérica.

B.6.3.4. Nombre y cantidad del anticoagulante (excepto los componentes 
obtenidos por aféresis).

B.6.3.5. Fecha de la colecta si la donación es voluntaria, autóloga o 
dirigida.

B.6.4. Datos que se agregan en el rótulo en la fase de liberación de la 
unidad

B.6.4.1. Temperatura adecuada para la conservación.

B.6.4.2. Fecha de vencimiento del producto y en los casos en que se 
aplique, el horario de vencimiento.

B.6.4.3. El grupo ABO y Rh, el resultado de las pruebas de anticuerpos 
irregulares cuando éstas fueran positivas. La pesquisa de anticuerpos 
irregulares no es necesaria para los concentrados de glóbulos rojos 
criopreservados, deglicerolados, rejuvenecidos o lavados.

B.6.4.4. En el caso de que otras instituciones hayan sido responsables de 
una o más de las etapas siguientes a la colecta, su identificación debe 
también constar en el rótulo.

B.6.4.5. En el rótulo se debe consignar "no agregar medicamentos".

B.6.4.6. En el rótulo final debe consignar los resultados de la serologia 
conforme a las normas de cada país.

B.6.5. Instrucciones para la transfusión

B.6.5.1. Transfundir solamente por prescripción médica.

B.6.5.2. Confirmar los datos que aparecen en el rótulo de la bolsa.

B.6.5.3. Transfundir los componentes con glóbulos rojos solamente después 
de efectuar las pruebas de compatibilidad.

B.6.5.4. Identificar adecuadamente al receptor.

B.6.5.5. Utilizar únicamente equipo de infusión con filtro para 
transfusión.

B.6.6. Contenido de los rótulos de las preparaciones especiales

B.6.6.1. Componentes liberados en forma de "pool" (concentrados de 
plaquetas y crioprecipitados) además de las especificaciones descriptas 
deberán informar:

B.6.6.1.1. Nombre del componente, indicación de que se trata de un 
"pool", Nº de unidades y su correspondiente identificación.

B.6.6.1.2. Nombre de la institución responsable de su preparación.
B.6.6.1.3. Grupo ABO y Rh de las unidades del "pool", volumen aproximado, 
fecha y horario de vencimiento.

B.6.6.1.4. Si el componente fue irradiado o si es CMV negativo, debe 
estar señalado.

B.6.6.1.5. El rótulo debe indicar que el producto está liberado para uso 
y debe contener el resultado negativo de las pruebas serológicas.

B.7. Conservación, transporte y vencimiento de la sangre y componentes

B.7.1. Equipos para conservación

B.7.1.1. Es necesario que de acuerdo con el nivel de complejidad de los 
servicios las heladeras y congeladoras en que se almacenan la sangre, los 
componentes sanguíneos y los hemoderivados deben ser de uso exclusivo. 
Todos los equipos deben estar perfectamente identificados o codificados 
para evitar confusiones.

B.7.1.2. Las heladeras que se utilicen para conservar la sangre y sus 
componentes deben tener un sistema de ventilación para circulación de 
aire y tener una capacidad y diseño tales que permitan mantener la 
temperatura apropiada uniforme en todos los sectores.

B.7.1.3. Los componentes sanguíneos deben ser almacenados a temperaturas 
que resulten óptimas para su función y seguridad, a saber:
1) Sangre total y concentrado de glóbulos rojos: 4 ± 2º C.
2) Plasma congelado: <= -20º C.
3) Crioprecipitado: <= -20º C.
4) Glóbulos rojos congelados en glicerol 40%: <= -65º C.
5) Glóbulos rojos congelados en glicerol 20%: <= -120º C.
6) Concentrados plaquetarios: 22 ± 2º C o 4 ± 2º C.
7) Concentrados granulocitos: 22 ± 2º C.

B.7.1.4. Las heladeras y los congeladores para hemocomponentes y las 
incubadoras de plaquetas deben tener un sistema que puede ser automático 
o manual para controlar la temperatura, debiendo registrar la temperatura 
al menos cada 4 horas.

B.7.1.5. Cuando los glóbulos rojos congelados son almacenados en 
nitrógeno líquido, la temperatura en la fase gaseosa debe ser mantenida 
por debajo de -120º C.

B.7.1.6. Las heladeras y congeladores para hemocomponentes y las 
incubadoras de plaquetas deben poseer sistemas de alarma con señal 
audible.

La alarma debe ser activada a una temperatura tal que sea posible tomar 
las conductas apropiadas antes de que la sangre o los componentes queden 
almacenados a temperaturas incorrectas.

La alarma debe ser audible en un área con adecuada cobertura de personal 
para que las medidas correctivas puedan ser tomadas inmediatamente.

El sistema de alarma en las congeladoras de nitrógeno líquido debe ser 
activado cuando los niveles del mismo no sean los adecuados.

B.7.1.7. Debe haber procedimientos escritos fácilmente disponibles que 
contengan directivas cómo mantener la sangre y sus componentes dentro de 
temperaturas permisibles, e instrucciones sobre cómo proceder en casos de 
corte de energía eléctrica o alteración en la refrigeración.

B.7.2 Transporte
La sangre total y todos los componentes eritrocitarios líquidos deben ser 
transportados en forma tal que se asegure el mantenimiento de una 
temperatura de 1 a 10ºC. Los componentes regularmente conservados a 22 ± 
2ºC deben ser transportados a 22 ± 2ºC, y los componentes almacenados 
congelados deben ser transportados de manera tal que se mantenga el 
congelamiento. Se debe garantizar la cadena de frío durante el 
transporte. Se debe inspeccionar la apariencia de cada unidad al momento 
de la recepción descartándose toda unidad que presente alteraciones.

B.7.3. Vencimiento
La fecha de vencimiento es el último día en el cual la sangre o un 
componente sanguíneo es considerado viable con fines transfusionales.

B.7.3.1 Sangre total:
La sangre total debe ser almacenada a 4 ± 2º C en la bolsa original o en 
las bolsas satélites unidas a ella en circuito cerrado.
La sangre total recogida en soluciones anticoagulantes ACD o CPD tendrá 
una fecha de vencimiento de 21 días a partir de la flebotomía. La sangre 
total recogida en solución anticoagulante CPDA-1 tendrá una fecha de 
vencimiento de 35 días a partir de la flebotomía y la conservada en 
solución preservadora con: sorbitol, manitol, adenina de 42 días.

B.7.3.2. Concentrado de Glóbulos Rojos
Los glóbulos rojos separados en circuito cerrado deben ser almacenados a 
4 ± 2º C y tendrán la misma fecha de vencimiento que la sangre total de 
la cual se han derivado.

B.7.3.3. Glóbulos rojos congelados:
La fecha de vencimiento para los glóbulos rojos congelados a temperatura 
de -65º C o inferior será de 10 años a partir de la fecha de la 
flebotomía.

B.7.3.4. Glóbulos rojos lavados y glóbulos rojos desglicerolados:
Su temperatura de almacenamiento será 4 ± 2º C. Estos componentes 
expirarán a las 24 horas después de su obtención debido a que son 
preparados en circuito abierto.

B.7.3.5. Glóbulos rojos pobres en leucocitos:
Se almacenarán a 4 ± 2º C vencerán a las 24 horas de haber abierto el 
circuito.

B.7.3.6. Plasma fresco congelado:
Debe ser almacenado a -20º C durante un año posterior a la fecha de 
colecta de la unidad de sangre.

B.7.3.7. Plasma congelado, plasma remanente y plasma recuperado:
Debe ser almacenado a -20º C con un plazo de validez de 5 años después de 
la fecha de colectada la unidad de sangre.

B.7.3.8. Concentrados plaquetarios:
Los concentrados plaquetarios podrán ser conservados a 22 ± 2º C los 
concentrados plaquetarios obtenidos en circuito cerrado podrán ser 
mantenidos, en suave agitación continua, hasta 3 o 5 días luego de la 
flebotomía, dependiendo del tipo de bolsa plástica utilizada de acuerdo a 
las especificaciones del fabricante. Las plaquetas refrigeradas deben ser 
almacenadas por 24 hs a 4 ± 2º C.

Las plaquetas obtenidas por aféresis usando procedimientos en circuito 
abierto deben ser almacenadas hasta 24 horas a 22 ± 2º C; las obtenidas 
mediante procedimiento de aféresis en circuito cerrado, hasta 5 días a 22 
± 2º C. En ambos casos, los concentrados plaquetarios deben ser 
mantenidos en suave agitación continua.

B.7.3.9. Concentrado de granulocitos:
La temperatura de almacenamiento para los granulocitos será de 22 ± 2º C. 
Este componente debe ser administrado tan pronto como sea posible, y 
dentro de las 24 horas de su colecta.

B.7.3.10. Se permite la transfusión de concentrado de plaquetas y 
crioprecipitado en "pool", siempre que las técnicas de preparación 
garanticen la esterilidad del producto.

B.7.3.11. Sangre irradiada:
La sangre entera o concentrado de glóbulos rojos irradiados deben ser 
utilizados de acuerdo con el anticoagulante utilizado, pero no más de 28 
días después de la fecha de irradiación.

C. PLASMAFERESIS EN DONANTES

C.1. Definición
Se denomina plasmaféresis a la colecta del plasma mediante extracción de 
sangre total seguida por separación del plasma y reinfusión de los 
elementos celulares. El procedimiento puede ser realizado por métodos 
manual o automático.

C.2. Indicaciones
La plasmaféresis en donantes normales puede ser realizada para obtener 
plasma con fines transfusionales, o para procesar en componentes o 
derivados.

C.3. Selección de donantes
En un programa de plasmaféresis "ocasional", en el cual los donantes son 
sometidos a plasmaféresis cuya frecuencia no supera a una vez cada 8 
semanas, las normas que rigen la donación de sangre total (B.1.) deben 
ser aplicadas a la selección y atención del donante. En un programa de 
plasmaféresis "seriadas", en el cual se dona plasma más frecuentemente 
que una vez cada 8 semanas, se deben aplicar normas más exigentes. La 
plasmaféresis en donantes que no cumplen los requerimientos regulares 
sólo podrá ser efectuada si el plasma resulta de valor terapéutico 
especial y siempre y cuando el médico de cabecera del donante haya 
certificado por escrito que la salud del donante permite la 
plasmaféresis.

C.4. Consentimiento
Rige lo establecido en A.9.

C.5. Atención del donante

C.5.1. Un médico hemoterapeuta será responsable del procedimiento de 
plasmaféresis, incluyendo la selección del donante, la colecta y 
procesamiento de la sangre y sus componentes y la apropiada reinfusión de 
los glóbulos rojos autólogos. El donante debe ser cuidadosamente 
controlado durante el procedimiento.

Deberá haber disponibilidad de cuidados médicos de emergencia para casos 
de reacciones adversas. Los técnicos que operen bajo la supervisión del 
médico deben estar entrenados en el reconocimiento y prevención de todos 
los riesgos potenciales inherentes al procedimiento.

C.5.2. En un programa de plasmaféresis "seriadas", el procedimiento no 
debe ser realizado si las proteínas séricas totales son inferiores a 6 
g/dl o si el resultado del dosaje de albúmina sérica fuera inferior a 4 
g/dl. Las pruebas abajo mencionadas deben ser realizadas por lo menos una 
vez cada 4 meses:

1) Se debe efectuar electroforesis de proteínas séricas con determinación 
cuantitativa de IgG e IgM a cada donante.
2) Deben ser revisados los antecedentes de colectas y de pruebas de 
laboratorio previamente realizadas a cada donación para determinar si 
sigue siendo apto. La pérdida inexplicable de peso, según lo establecido 
en B.1.1.9, será motivo de exclusión.

C.5.2.1. Si un participante de un programa de plasmaféresis "seriada" 
dona una unidad de sangre total, o si resultare imposible restituirle los 
glóbulos rojos durante un procedimiento de plasmaféresis, el donante 
debe ser marginado del programa durante 8 semanas, a menos que el 
requerimiento de hemoglobina o hematocrito (B.1.1.5) sea cumplido y el 
médico hemoterapeuta considere aceptable al donante.

C.6. Procedimiento

C.6.1. El sistema usado para realizar la flebotomía y el procesamiento de 
la sangre debe garantizar la reinfusión segura de los eritrocitos 
autólogos.

C.6.2. Todos los insumos empleados durante la realización de la 
plasmaféresis deben ser estériles, apirogénicos, atóxicos y descartables. 
Antes de separar una bolsa de sangre del donante para su procesamiento, 
se deben usar dos formas independientes de identificación que posibiliten 
al donante, al receptor, como al operador la certeza de no haber ocurrido 
un cambio de material. La plasmaféresis debe ser realizada asépticamente 
y en condiciones que eviten una posible embolia gaseosa. Durante el 
tiempo en que los glóbulos rojos están separados del donante, deben ser 
mantenidos a una temperatura que no supere 22 ± 2º C.

C.6.3. Todos los glóbulos rojos resultantes de la colecta deben ser 
restituidos al donante dentro de las 2 horas de efectuada la flebotomía. 
Si la pérdida eritrocitaria total excede los 25 ml por semana durante la 
realización de plasmaféresis "seriadas", un médico hemoterapeuta debe 
determinar el intervalo apropiado hasta la siguiente donación.

C.6.4. La cantidad de sangre total, excluyendo al anticoagulante, 
removida de un donante durante un procedimiento de plasmaféresis manual, 
o en un período de 48 horas, no debe exceder de 1.000 ml, a menos que el 
donante pese 80 Kg. o más, en cuyo caso la cantidad de sangre total 
removida durante un procedimiento de plasmaféresis, o en un período de 48 
horas, no debe exceder de 1.200 ml por semana, 2.400 ml por mes y 14.400 
ml por año. En la plasmaféresis automática la cantidad de sangre 
colectada no debe exceder los 10,5 ml/Kg de peso.
Se debe estudiar al donante apropiadamente para detectar el desarrollo de 
citopenia.
Los resultados anormales deben ser evaluados por un médico hemoterapeuta 
para determinar si resulta adecuado continuar con las donaciones.

C.6.5. Dentro de un período de 7 días, la cantidad de plasma removida no 
debe exceder de 2.000 ml, al menos que el donante pese 80 Kg. o más, en 
cuyo caso no debe exceder de 2.400 ml.

C.6.6. El intervalo mínimo entre dos aféresis en cada donante debe ser de 
48 horas.

C.7. Investigaciones de laboratorio

Las investigaciones de laboratorio en el donante para plasmaféresis deben 
ser idénticas a las que se deben efectuar al donante de sangre total.

D. CITAFERESIS EN DONANTES

D.1. Definiciones

D.1.1. Citaféresis es la separación y colecta de elementos celulares de 
la sangre mediante hemaféresis.

D.1.2. Plaquetaféresis es la separación por centrifugación de plaquetas 
de la sangre total, con retorno continuo o intermitente al donante, de 
los glóbulos rojos y el plasma pobre en plaquetas.

D.1.3. Leucaféresis es la separación de leucocitos de la sangre total, 
con retorno continuo o intermitente al donante, de los glóbulos rojos y 
el plasma pobre en leucocitos y plaquetas.

D.2. Selección de donantes
En general las normas que se aplican a la donación de sangre total deben 
ser aplicadas a la selección y cuidado de los donantes para citaféresis. 
La plaquetaféresis o la leucaféresis en donantes que no cumplen los 
requerimientos ordinarios sólo podrán ser realizadas si las células a 
colectar tienen un valor especial para un receptor determinado, y si el 
médico del donante ha certificado por escrito que la salud del donante 
permite la hemaféresis.

D.2.1. Se debe obtener un recuento de plaquetas previo al procedimiento 
de plaquetaféresis en todos los donantes que donan más frecuentemente que 
una vez cada 8 semanas. Un recuento de plaquetas es obligatorio antes del 
primer procedimiento. Un recuento posterior a la donación es recomendable 
para determinar si el donante es aceptable para un subsiguiente 
procedimiento. El donante no debe ser sometido a una subsiguiente 
plaquetaféresis si el recuento plaquetario es inferior a 150 x 109/l.

D.3. Consentimiento
Rige lo establecido en A.9.

D.4. Cuidados al donante

D.4.1. Rigen las previsiones para cuidados de emergencias establecidas en 
C.5.1.

D.4.2. Si un donante para citaféresis dona una unidad de sangre total, o 
si resultare imposible restituirle los glóbulos rojos durante una 
plaquetaféresis o leucaféresis, se deben dejar transcurrir por lo menos 8 
semanas antes de un nuevo procedimiento de citaféresis, a menos que el 
requerimiento de hemoglobina (B.1.1.5) sea cumplido y el médico 
hemoterapeuta considere aceptable al donante.

D.4.3. El volumen sanguíneo extracopóreo no debe superar el 15% de la 
volemia calculada para el donante.

D.4.4. No se deben usar drogas que faciliten la leucaféresis en donantes 
cuyos antecedentes médicos sugieran que tales drogas pueden exacerbar una 
enfermedad previa o intercurrente. El Jefe o Director Médico debe 
establecer una norma escrita que indique la dosis acumulativa máxima de 
cualquier agente sedimentante que se podrá administrar a un donante 
dentro de un lapso determinado.

D.5. Procedimiento
Se debe mantener un protocolo escrito de todos los procedimientos. El 
mismo debe incluir criterios y dosis sobre el uso de cualquier agente 
auxiliar y todos los aspectos inherentes a la prevención y tratamiento de 
las reacciones en donantes. En cada procedimiento se debe registrar la 
siguiente información: identidad del donante, anticoagulantes empleados, 
duración, volumen del producto, drogas administradas, reacciones adversas 
ocurridas y su tratamiento.

D.6 Investigaciones de laboratorio
Las investigaciones de laboratorio en el donante para citaféresis deben 
ser idénticas a las que se efectúan al donante de sangre total. (B.5.1., 
B.5.2., B.5.4. y B.5.5.)

D.6.1. En un donante para citaféresis destinado al soporte de un paciente 
determinado, las determinaciones requeridas en B.5 deben ser realizadas 
previamente a la transfusión del primer componente de aféresis y a partir 
de ambos por lo menos cada 10 días.

E. HEMAFERESIS TERAPEUTICA

E.1. Selección de pacientes
La hemaféresis terapéutica sólo debe ser efectuada bajo solicitud escrita 
del médico del paciente. El médico hemoterapeuta responsable del 
procedimiento debe decidir si hacerlo o no, el recinto apropiado, y 
determinar la posible necesidad de cuidados especiales. Debe existir un 
protocolo escrito describiendo el método empleado y la operación del 
sistema de hemaféresis.

E.2. Registros
Se debe mantener registros que incluyan la siguiente información: 
identificación del paciente, diagnóstico, tipo de procedimiento 
terapéutico, método empleado, volumen sanguíneo extracorpóreo, calidad y 
cantidad del componente removido, calidad y cantidad de los líquidos 
usados en el recambio, cualquier reacción adversa ocurrida y medicación 
administrada.
E.3 Consentimiento
Se debe obtener un consentimiento escrito del paciente o de sus 
responsables legales.

E.4 Atención a los pacientes
Rigen las previsiones para atención de emergencia establecidas en C.5.1.

F. EL RECEPTOR

F.1 Solicitudes transfusionales
Las solicitudes para transfusión de sangre o componentes deben ser 
confeccionadas en formularios especiales que aporten la información 
suficiente para una correcta identificación del receptor.

En el formulario impreso deben constar por lo menos lo siguiente: 
apellido y nombre del paciente, sexo, edad, Nº de historia clínica, Nº de 
cama, diagnóstico, antecedentes transfusionales, indicación transfusional 
y los datos de laboratorio que la justifiquen, tipo y volumen de la 
transfusión que se solicita, el carácter de la transfusión, fecha, la 
firma y el Nº de matrícula del médico solicitante. Una solicitud 
incompleta, inadecuada o ilegible no debe ser aceptada por el Servicio de 
Medicina Transfusional o Unidad de Hemoterapia.

F.1.1. El carácter de la transfusión debe ser definido como:
1) "programada", para determinado día y hora;
2) "no urgente", a realizar dentro de las 24 horas;
3) "urgente", a realizar dentro de las 3 horas;
4) "de extrema urgencia", cuando el retardo en administrar la transfusión
   implica riesgo para la vida del paciente.

La liberación de sangre o concentrado de glóbulos rojos sin pruebas de 
compatibilidad sólo será realizada por pedido expreso del médico 
solicitante.

F.2 Muestras de sangre

F.2.1. El personal de la Unidad de Hemoterapia o Servicio de Medicina 
Transfusional debe extraer las muestras de sangre al receptor e 
identificarlas correctamente. El servicio de hemoterapia podrá autorizar 
a otras personas para extraer las muestras del receptor.
F.2.2. Se debe obtener una muestra de sangre del paciente para la 
realización de las pruebas de compatibilidad pretransfusionales.
F.2.3. Todos los tubos empleados deben ser rotulados en el momento mismo 
de la colecta con apellido y nombre del receptor, número identificatorio 
o alfanumérico y fecha.

F.2.4. Debe existir un mecanismo que permita identificar a la persona que 
realizó la colecta de sangre.

F.2.5. Antes de que una muestra de sangre sea utilizada para realizar 
tipificaciones o pruebas de compatibilidad, se debe confirmar que la 
identificación contenida en la solicitud transfusional concuerde con la 
del rótulo de la muestra. En casos de duda o discrepancia, se debe 
obtener una nueva muestra.

G. COMPATIBILIDAD TRANSFUSIONAL

La compatibilidad transfusional debe incluir:
1) La retipificación ABO y Rh (D) de la unidad de sangre, para la 
transfusión de sangre total o concentrado de glóbulos rojos;
2) La determinación del grupo ABO, del factor Rh (D) y la pesquisa de 
anticuerpos irregulares en la sangre del receptor;
3) La realización de una prueba de compatibilidad entre los glóbulos 
rojos del donante y el suero del receptor (prueba de compatibilidad 
mayor);
4) Prueba de compatibilidad menor, en el caso de no realizarse 
investigación de anticuerpos irregulares en el donante.

G.1 Repetición de investigaciones en la sangre del donante.
La Unidad de Hemoterapia o el Servicio de Medicina Transfusional debe 
confirmar, usando una muestra obtenida de un segmento de la tubuladura de 
bolsa de colecta, el grupo ABO en todas las unidades de sangre total y de 
glóbulos rojos a transfundir y el factor Rh (D) solamente en las unidades 
rotuladas como "Rh Negativo".
No será necesario repetir la prueba para D débil.
No se requiere la repetición de otras pruebas.
Cualquier discrepancia debe ser resuelta antes de emitir una 
transfusión.

G.2 Investigaciones en la sangre del receptor
En las muestras de sangre de los receptores de sangre total o de glóbulos 
rojos se debe realizar la determinación del grupo ABO y del factor Rh (D) 
y la investigación de anticuerpos irregulares.
Si un paciente ha sido transfundido con sangre o componentes que 
contienen glóbulos rojos en el curso de los 3 meses precedentes, o si una 
mujer ha estado embarazada en idéntico lapso, o si tales antecedentes son 
inciertos o no disponibles, las muestras respectivas deben ser obtenidas 
dentro de las 72 horas previas al acto transfusional.

Se recomienda la realización de test de anti-HIV-1-2, HBsAg y anti-HCV a 
todo posible receptor de sangre o componentes. Así como repetirlos 
anualmente en todo paciente politransfundido.

G.2.1 Determinaciones del grupo ABO y del factor Rh (D)
Deben ser realizadas como se especificó en B.5.1 y B.5.2, 
respectivamente. Para evitar la tipificación incorrecta de un receptor Rh 
negativo debido a la eventual presencia de autoanticuerpos o proteínas 
séricas anormales, se debe emplear un control apropiado para el reactivo 
anti-Rh (D) en uso.

G.2.2 Detección de anticuerpos irregulares
Los métodos usados para detectar anticuerpos irregulares en suero o 
plasma deben demostrar anticuerpos clínicamente significativos y deben 
incluir incubación a 37º C y una fase antiglobulínica.

Para evitar resultados falsos negativos en las pruebas antiglobulínicas 
se debe instrumentar un sistema de control mediante el uso de glóbulos 
rojos sensibilizados con IgG. Se podrán utilizar métodos alternativos, 
siempre que exista apropiada documentación disponible.

G.3 Prueba de compatibilidad
Excepto para los requerimentos de "extrema urgencia", antes de la 
administración de sangre total o de glóbulos rojos se debe realizar una 
prueba de compatibilidad mayor usando glóbulos rojos del donante 
obtenidos de un segmento de la tubuladura de la bolsa de colecta y suero 
o plasma del receptor.

La prueba de compatibilidad debe emplear métodos capaces de demostrar una 
incompatibilidad en el sistema ABO y la presencia de anticuerpos 
irregulares clínicamente significativos.

Debe incluir incubación a 37º C y una fase antiglobulínica.

Rige lo establecido en G.2.2. Si la detección de anticuerpos irregulares 
fue negativa y no existen antecedentes de detección de tales anticuerpos, 
sólo se requerirá en la prueba de compatibilidad el método que demuestre 
una incompatibilidad ABO.

G.3.1. La prueba de compatibilidad menor, usando suero o plasma del 
donante y glóbulos rojos del receptor, debe ser realizada antes de la 
administración de sangre total o de plasma si no se hubiera llevado a 
cabo la investigación sistemática de anticuerpos irregulares en los 
donantes.

G.3.2. Transfusión masiva
Si un paciente ha recibido una cantidad de sangre aproximadamente igual a 
su volemia en las últimas 24 horas, la compatibilidad puede ser abreviada 
según lo establezcan normas escritas elaboradas por el Jefe o Director 
Médico del Servicio de Hemoterapia.

G.4. Cuando por los resultados de las pruebas de compatibilidad se 
verifica que no existe compatibilidad con el receptor, el Servicio de 
Medicina Transfusional o Unidad de Hemoterapia debe comunicar este hecho 
al médico solicitante, y en conjunto realizar una evaluación clínica del 
paciente.

H. SELECCION DE SANGRE Y COMPONENTES PARA TRANSFUSION

H.1. Todos los receptores deben recibir sangre total isogrupo en el 
sistema ABO o glóbulos rojos ABO compatibles. Los receptores Rh (D) 
positivo pueden recibir sangre total o glóbulos rojos Rh (D) positivo o 
Rh (D) negativo. Los receptores Rh (D) negativo deben recibir sangre 
total o glóbulos rojos Rh (D) negativo excepto en circunstancias 
razonablemente justificadas y siempre que no presenten sensibilización 
previa.

H.1.1. Cuando un receptor presenta anticuerpos irregulares clínicamente 
significativos en las pruebas referidas en G.2.2 o tiene antecedentes de 
presencia de tales anticuerpos, la sangre total o los glóbulos rojos a 
transfundir deben ser compatibles y carecer de los antígenos 
correspondientes, excepto en circunstancias clínicas razonablemente, 
justificadas y aprobadas por un médico responsable del Servicio de 
Hemoterapia.

H.2. Las transfusiones de plasma deben ser ABO compatibles con los 
glóbulos rojos del receptor.

H.3. Las transfusiones de crioprecipitados no requieren pruebas de 
compatibilidad y recomienda que sea ABO compatibles, especialmente en 
niños.

H.4. Se recomienda que el plasma de donante contenido en los concentrados 
plaquetarios sea ABO compatible con los glóbulos rojos del receptor, 
especialmente en neonatos.

H.5. Los glóbulos rojos presentes en los concentrados de granulocitos 
deben ser ABO compatibles con el plasma del receptor.

H.6. Los concentrados de plaquetas y granulocitos preparados mediante 
citaféresis deben ser compatibilizados como se establece en G.3, a menos 
que el componente haya sido preparado por un método del cual resulte una 
contaminación eritrocitaria inferior a 5 ml. Los glóbulos rojos del 
donante para la prueba de compatibilidad pueden ser obtenidos de una 
muestra apropiadamente identificada recogida en el momento de la     
flebotomía.

H.7. Es responsabilidad del médico de la Unidad de Hemoterapia o Servicio 
de Medicina Transfusional evaluar la indicación de una transfusión 
solicitada. En caso de modificar dicha conducta, se debe dejar constancia 
en la historia clínica del paciente.
Se recomienda la creación de un Comité Hospitalario de Transfusiones en 
las instituciones que realizan transfusión sanguínea.

I. ASPECTOS PARTICULARES DEL RECEPTOR NEONATAL
(Hasta los 4 meses de vida)

I.1. En la muestra pretransfusional inicial se debe determinar el grupo 
ABO, solamente se requiere la tipificación con reactivos anti-A, anti-B y 
anti AB. El factor Rh (D) debe ser determinado como se especificó en 
B.5.2 y G.2.1.

I.2. Si los glóbulos rojos seleccionados para transfusión no son de grupo 
0, se debe investigar en suero o plasma del neonato la presencia de 
anti-A o anti-B mediante métodos que incluyan una fase antiglobulínica. 
Las pruebas para determinar anti-A se deben realizar frente a eritrocitos 
A1.

I.2.1 Si no se detecta la presencia de anti-A o anti-B, no será necesario 
efectuar subsiguientes pruebas de compatibilidad durante el resto del 
período neonatal. Rige lo establecido en I.3.2.

I.2.2. Si se detecta la presencia de anti-A o anti-B, se deben 
transfundir glóbulos rojos de grupo 0 hasta que el anticuerpo deje de ser 
demostrable en el suero del neonato. Estas unidades no necesitan ser 
compatibilizadas. Rige lo establecido en I.3.2.

I.2.3. Si un neonato de grupo A, B o AB ha recibido componentes 
sanguíneos conteniendo anti-A y/o anti-B, y los subsiguientes glóbulos 
rojos seleccionados para transfusión no son de grupo 0, se deberá 
investigar en suero o plasma del neonato la presencia de anti-A y/o 
anti-B según lo establecido en I.2.

I.3. En la muestra pretransfusional inicial se debe realizar la 
investigación de anticuerpos irregulares, como se especificó en G.2.2.

Para tal fin se podrá emplear suero o plasma del neonato o de la madre.

I.3.1. Si la detección inicial de anticuerpos irregulares es negativa, no 
será necesario compatibilizar los glóbulos rojos para la primera 
transfusión y las subsiguientes dentro del período neonatal, siempre y 
cuando sean de grupo 0.

I.3.2. Si la detección inicial demuestra la presencia de anticuerpos 
irregulares clínicamente significativos, se deben preparar para 
transfusión unidades que no contengan los antígenos correspondientes y 
tales unidades deben ser compatibilizadas usando métodos que incluyan una 
fase antiglobulínica, hasta que los anticuerpos dejen de ser demostrables 
en el suero del neonato.

I.4. Los neonatos no deben ser transfundidos con sangre total, plasma u 
otros componentes sanguíneos que contengan anticuerpos irregulares 
clínicamente significativos.

I.5 Para reducir el riesgo de infección por Citomegalovirus (CMV) en los 
receptores recién nacidos cuyo peso al nacimiento sea menor de 1.200 g, o 
cuando el recién nacido o la madre sean anti-CMV negativo o cuando esta 
información se desconozca, se deben transfundir sangre y componentes 
celulares serológicamente negativos para CMV o componentes 
leucorreducidos por medio de filtros (B.5.5.4).

I.6. Exsanguinotransfusión:

I.6.1. La exsanguinotransfusión es la sustitución de la sangre de un 
paciente por sangre y hemocomponentes compatibles mediante colectas, 
reposiciones parciales y sucesivas con sangre y hemocomponentes.

I.6.2. Indicaciones:

I.6.2.1. La exsanguinotransfusión es usada principalmente en la terapia 
de la enfermedad hemolítica del recién nacido, en coagulación 
intravascular diseminada, septicemias, intoxicaciones exógenas, coma 
malárico, hemoglobinopatías.

I.6.2.2. La frecuencia y el volumen de sangre o componentes a ser 
transfundidos dependerá en cada caso y será responsabilidad del Médico 
Hemoterapeuta en conjunto con el Médico tratante del caso.

I.6.3. Selección del producto hemoterapéutico:

I.6.3.1. Se recomienda la utilización de sangre y componentes sin 
alteraciones metabólicas importantes en relación a su período de 
conservación. Se recomienda el uso de sangre de no más de 5 días de 
almacenamiento.

I.6.3.2. En los casos de enfermedad hemolítica de recién nacido por 
incompatibilidad materno-fetal en el sistema AB0 es obligatorio el uso de 
plasma compatible con los glóbulos rojos del paciente. En los casos de 
incompatibilidad por el sistema Rh, los glóbulos rojos deben ser 
compatibles con el suero de la madre.

I.6.3.3. En pacientes con hemoglobinopatías la sangre o componentes 
utilizados deben ser previamente estudiados para descartar 
hemoglobinopatías en los glóbulos rojos del donante.

I.7. En todo recién nacido, para el cual se solicitó una transfusión 
sanguínea se debe derminar el grupo ABO, el factor Rh (D), el factor D 
débil en los aparentemente Rh (D) negativo y la prueba antiglobulínica 
directa. Estas determinaciones deben ser realizadas en muestras de sangre 
de cordón umbilical suficientemente lavadas o en la sangre capilar o 
venosa del recién nacido. Cuando la prueba antiglobulínica directa 
resultare positiva se deben llevar a cabo los estudios 
inmunohematológicos, con la finalidad de dilucidar la especificidad de 
los anticuerpos involucrados.

I.8. Transfusión intra-uterina:

I.8.1. Es utilizada para el tratamiento de casos graves de enfermedad 
hemolítica perinatal, cuando existe un sufrimiento fetal importante. La 
frecuencia y el volumen de la sangre a ser transfundida es 
responsabilidad del equipo médico tratante, con la participación del 
médico hemoterapeuta.

I.8.2. Se recomienda el uso de glóbulos de grupo 0 que sean compatibles 
con el suero materno. Los componentes utilizados sean leucorreducidos e 
irradiados.

J. EMISION DE SANGRE PARA TRANSFUSION

J.1 Identificación
Se debe adherir a toda unidad a ser transfundida un rótulo que indique: 
apellido y nombre, identificación numérica o alfanumérica y grupo ABO y 
factor Rho (D) del receptor; número de identificación de la unidad; grupo 
ABO y factor Rho (D) del donante; la interpretación de la prueba de 
compatibilidad, y la fecha.

J.2 Retención de muestras de sangre
Se deben conservar a 4 ± 2º C durante por lo menos 10 días después de la 
transfusión una muestra de sangre de cada donante (segmento de la 
tubuladura de bolsa de colecta) y de cada receptor.

J.3. Inspección de la sangre a transfundir
La unidad de sangre o componente debe ser evaluada en su aspecto y color 
inmediatamente antes de ser aprobada su salida de la Unidad de 
Hemoterapia o Servicio de Medicina Transfusional.

Si la apariencia fuera anormal, no debe ser usada con fines 
transfusionales. Además se debe corroborar que las pruebas serológicas 
para enfermedades transmisibles hayan resultado no reactivas, y que la 
unidad no haya sobrepasado los límites de su vencimiento.

J.4 Liberación de unidades de sangre reingresadas
Las unidades de sangre que hayan retornado a la Unidad de Hemoterapia o 
Servicio de Medicina Transfusional sólo podrán ser nuevamente liberadas 
con fines transfusionales si se cumplen las siguientes condiciones:

1) El cierre de la bolsa no debe haber sido alterado.
2) La sangre no debe haber alcanzado temperaturas por encima de 10º C o 
por debajo de 1º C durante el almacenamiento o transporte (controlada por 
termómetro de máxima o mínima u otro test).
3) Los registros deben indicar la trayectoria de la unidad.
4) Los requisitos que rigen la liberación de toda unidad de sangre deben 
haber sido nuevamente cumplidos.
5) Las unidades de sangre no utilizadas deben retornar a la unidad de 
Hemoterapia o servicios de Medicina Transfusional.

Toda unidad que ha sufrido alteración de la cadena de frío o de haberse 
violado el circuito cerrado debe ser inmediatamente descartada.
La persona que recibe las unidades no utilizadas debe inspeccionarlas, 
retirar la identificación del receptor y registrar su devolución.

J.5. Transfusión de extrema urgencia
La transfusión con carácter de "extrema urgencia" es aquella cuya demora 
puede causar grave daño al receptor. En tal caso, la sangre puede ser 
liberada sin las exigencias establecidas en G.3.

J.5.1. Los receptores cuyo grupo ABO es desconocido deben recibir 
glóbulos rojos de grupo 0.

J.5.2. Los receptores cuyo grupo ABO fue determinado como se estableció 
en G.2.1 sin prestar consideración a registros previos, pueden recibir 
sangre total "isogrupo" en el sistema ABO o glóbulos rojos ABO 
compatibles, antes de que las pruebas de compatibilidad hayan sido 
completadas.

J.5.3. El rótulo de la unidad transfundida en estas condiciones debe 
indicar claramente que la prueba de compatibilidad no ha sido completada 
en el momento de ser liberada de las Unidades de Hemoterapia o de los 
Servicios de Medicina Transfusional. Aún luego de comenzada la 
transfusión, se debe concluir la respectiva prueba de compatibilidad.

J.5.4. El médico que efectúa la indicación debe refrendar por escrito en 
la solicitud transfusional el carácter de la transfusión, dejando 
constancia de que el cuadro clínico del enfermo reviste suficiente 
gravedad como para requerir sangre sin que haya completado la prueba de 
compatibilidad. El médico solicitante debe haber sido informado de los 
riesgos. El será responsable de las consecuencias del acto transfusional 
si la emergencia hubiera sido creada por su olvido u omisión.

K. ACTO TRANSFUSIONAL

K.1. Indicación
Toda transfusión de sangre o componentes sanguíneos debe ser prescrita 
por un médico. Rige lo establecido en F.1.

K.2. Supervisión
Las transfusiones de sangre y hemocomponentes deben ser realizadas por 
personal habilitado, bajo supervisión médica. El paciente debe ser 
controlado durante la transfusión y durante un lapso apropiado a 
continuación de la misma para detectar precozmente eventuales reacciones 
adversas.

K.3. Identificación del receptor
Inmediatamente antes de la transfusión se deben verificar con especial 
atención la identidad del receptor, y repetir la determinación de su 
grupo ABO en todos los casos, o utilizar mecanismos validados por el 
organismo oficial de cada país que eviten la transfusión ABO 
incompatible.

K.4 Condiciones generales de la transfusión
Se debe mantener a la sangre o sus componentes en un medio controlado, a 
temperatura óptima, hasta el momento en que son liberados para 
transfusión. Todas las transfusiones de sangre o componentes sanguíneos 
deben ser administradas a través de equipos estériles, libres de 
pirógenos y descartables, que incluyan un filtro capaz de retener las 
partículas potencialmente nocivas para el receptor. Una unidad de sangre 
o hemocomponentes no deben ser infundidas en un lapso mayor de 4 horas.

K.4.1 Protocolo para transfusión
Debe existir un protocolo escrito sobre la administración de sangre o 
componentes y el uso de equipos de infusión y otros equipos auxiliares.

K.4.2 Calentamiento
El calentamiento de la sangre puede ser apropiado en casos de transfusión 
rápida, transfusión masiva, exsanguinotransfusión o transfusión a 
pacientes portadores de potentes crioaglutininas.
En tales circunstancias, la sangre debe ser calentada en forma controlada 
en el momento previo inmediato a la transfusión, o idealmente durante el 
acto transfusional, mediante su pasaje por un sistema de calentamiento 
específico equipado con termómetro visible y alarma audible. La sangre no 
debe ser calentada por encima de 38º C.

K.4.3 Adición de drogas o soluciones
Ni drogas ni medicamentos, aunque fueran destinados a uso intravenoso, 
podrán ser agregados a la sangre o componentes antes o durante la 
transfusión, a excepción de la solución de cloruro de sodio al 0,9%.

K.5 Consideraciones especiales para componentes

K.5.1 Plasma congelado
Debe ser descongelado a temperaturas entre 30º y 37º C en un baño 
termostatizado. La unidad será protegida colocándola en una bolsa para 
evitar derrames y contaminaciones. Una vez completado el 
descongelamiento, deberá ser transfundido inmediatamente, o conservado a 
4 ± 2º C. En el caso del plasma fresco congelado, si va a ser 
administrado como fuente de factores lábiles de coagulación, debe ser 
transfundido dentro de las 24 horas luego del descongelamiento.

K.5.2 Crioprecipitado
Debe ser descongelado a temperaturas entre 30º y 37º C con los mismos 
procedimientos descriptos en el punto anterior. Una vez completado el 
descongelamiento, debe ser administrado dentro de las 6 horas, si va a 
ser usado como aporte de Factor VIII.

K.5.3 Concentrado de granulocitos y plaquetas
En su administración no se deben usar filtros para microagregados.

K.5.4 Mezcla de componentes
Los componentes sanguíneos pueden ser mezclados. Cuando haya glóbulos 
rojos groseramente visibles, cualquier aloanticuerpo plasmático debe ser 
compatible con ellos. Rige lo establecido en B.4.1.

K.6 Transfusiones en pacientes ambulatorios
Son las transfusiones que se efectúan a receptores no internados.
Se podrán realizar en la Unidad de Hemoterapia o Servicio de Medicina 
Transfusional o en un sitio apropiado destinado a tal fin dentro del 
ámbito de la institución asistencial. Se deben cumplir las mismas normas 
que rigen para las transfusiones en pacientes internados.

K.7 Transfusiones domiciliarias

K.7.1 En casos especiales donde existiera una contraindicación formal al 
traslado del paciente a una institución asistencial, la transfusión podrá 
ser realizada en su residencia. Para ello es obligatoria la presencia de 
un médico durante el transcurso del acto transfusional. Es el responsable 
de garantizar el cumplimiento de todas las normas de medicina 
transfusional y debe contar con medicamentos, materiales y equipamientos 
disponibles para poder atender eventuales situaciones de emergencia 
derivadas del acto transfusional.

L. GLOBULINA INMUNE ANTI-Rh (D)

L.1 El factor Rh (D) de todas las mujeres que están embarazadas, que han 
dado a luz o que han tenido un aborto o han sido sometidas a 
amniocentesis recientemente, debe ser determinado como se especificó en 
B.5.2.

L.1.1 Se deben establecer criterios de interpretación destinados a 
prevenir la tipificación errónea de una madre Rh (D) negativo como Rh (D) 
positivo, cuando una gran hemorragia feto - materna de sangre Rh (D) 
positivo ocasiona una reacción de aglutinación en campo mixto en la 
prueba con reactivos anti-Rh (D).

L.2 Toda mujer Rh (D) negativa, no inmunizada al antígeno D, debe recibir 
globulina inmune anti-Rh (D), después del parto o cesárea de un hijo Rh 
positivo, o después de un aborto. La administración debe ser hecha 
preferentemente dentro de las 72 horas posteriores al parto, cesárea o 
aborto. La globulina inmune anti-Rh (D) también debe ser administrada en 
toda mujer Rh (D) negativa que haya sido sometida a una amniocentesis, o 
a cualquier otro procedimiento que pudiera causar hemorragia 
fetomaterna.

L.2.1 En una muestra de sangre posparto de todas las mujeres Rh (D) 
negativo se recomienda investigar, que la hemorragia fetomaterna no haya 
tenido una magnitud tal como para que requiera la administración de más 
de una dosis de globulina inmune anti-Rh (D) para lograr una profilaxis 
efectiva.

L.2.2 Las mujeres que hubieran recibido globulina inmune anti-Rh (D) 
anteparto también deberán recibir la dosis postparto.

L.3 El tratamiento con globulina inmune anti-Rh (D) para la prevención de 
la inmunización al antígeno Rh (D) puede resultar apropiado en pacientes 
Rh (D) negativo que hubieran recibido glóbulos rojos Rh (D) positivo, 
incluyendo los contenidos en concentrados de plaquetas o granulocitos.

M. COMPLICACIONES TRANSFUSIONALES

M.1. Detección, notificación y evaluación
Toda Unidad de Hemoterapia o Servicio de Medicina Transfusional debe 
tener un sistema para la detección, notificación y evaluación de las 
complicaciones transfusionales. En el caso de una aparente reacción 
transfusional, el personal que atiende al paciente debe notificar 
inmediatamente a la Unidad de Hemoterapia o al Servicio de Medicina 
Transfusional. Todas las aparentes reacciones transfusionales deben ser 
rápidamente evaluadas en la forma establecida por el Médico 
Hemoterapeuta, Jefe o Director Médico. La evaluación no debe retardar el 
manejo clínico adecuado al paciente.

M.2. Complicaciones inmediatas
Toda reacción adversa presentada por un paciente en asociación con una 
transfusión debe hacer sospechar una reacción transfusional. La 
sobrecarga circulatoria y las reacciones alérgicas no requieren ser 
evaluadas como posibles reacciones transfusionales hemolíticas.

M.2.1. Si existen síntomas o signos sugestivos de una reacción 
transfusional hemolítica la transfusión debe ser interrumpida 
inmediatamente, procediéndose de la siguiente manera:

M.2.1.1. Se deben examinar los rótulos de las unidades y todos los 
registros pertinentes a los efectos de detectar si ha habido algún error 
en la identificación del paciente o de las unidades transfundidas.

M.2.1.2. Se debe tomar una nueva muestra de sangre del receptor. Tal 
muestra, apropiadamente rotulada, debe ser rápidamente remitida a la 
Unidad de Hemoterapia o Servicio de Medicina Transfusional junto con la 
unidad que se estaba transfundiendo (aunque no contuviera sangre 
residual) conjuntamente con el equipo de transfusión y las soluciones 
intravenosas que se estuvieran administrando.

M.2.1.3. En las muestras postransfusionales del receptor se deben 
practicar al menos los siguientes ensayos, cuyos resultados deben ser 
confrontados con los que se obtengan simultáneamente usando la muestra 
pretransfusional conservada del paciente:

1. Inspeccionar visualmente el suero o plasma para detectar evidencia de
   hemólisis.
2. Determinar grupo ABO y factor Rh(D).
3. Realizar una prueba antiglobulínica directa.
4. Repetir la prueba de compatibilidad con el remanente de la unidad.
5. Investigar anticuerpos irregulares utilizando técnicas que aumenten la
   sensibilidad del método.

M.2.1.4. En la unidad implicada en la complicación transfusional se debe 
repetir la determinación de grupo ABO y factor Rh (D) y realizar una 
prueba antiglobulínica directa. Igual procedimiento se deberá cumplir con 
la muestra de la unidad (segmento de la tubuladura de bolsa de colecta) 
que haya quedado conservada en la unidad de Hemoterapia o Servicio de 
Medicina Transfusional.

M.2.2. En los casos en los que se sospechara contaminación bacteriana de 
la sangre o componente transfundido, se deben enviar muestras del 
receptor y la unidad para bacteriología y cultivo. En el caso de haberse 
preparado más de un componente a partir de la misma unidad, se deben 
tomar los recaudos pertinentes.

M.2.3. Debe existir un protocolo escrito indicando en qué circunstancias 
se deben realizar investigaciones adicionales, y de qué tipo:
a) pruebas de coagulación;
b) hemoglobina libre en orina;
c) cultivo de la bolsa de sangre para microorganismos aeróbicos,
   anaeróbicos y hongos;
d) dosaje de bilirubinas 7 u 8 horas después de la reacción;
e) cualquier otro test o prueba que se considere necesario;
f) como lo indica J.2.

M.2.4. Todos los informes deben quedar registrados en la historia clínica 
del paciente, y cuando sean indicativos de una reacción hemolítica o de 
contaminación bacteriana, deben ser inmediatamente comunicados al médico 
del mismo.

M.2.5 Toda unidad involucrada en una reacción transfusional debe ser 
descartada para uso transfusional.

M.3 Complicaciones mediatas

M.3.1 Reacciones antígeno-anticuerpo
La existencia de débiles anticuerpos en el suero del receptor dirigidos 
contra antígenos presentes en los glóbulos rojos del donante puede ser no 
detectada en las pruebas pretransfusionales.

La administración de eritrocitos no compatibles puede provocar un rápido 
incremento en la síntesis de tales anticuerpos, generándose una reacción 
hemolítica tardía. En tales casos, se deberán realizar las mismas pruebas 
que para las reacciones hemolíticas inmediatas, con el fin de establecer 
la causa de la reacción. El informe correspondiente debe quedar 
registrado en la historia clínica del paciente.

M.3.2 Enfermedades infecciosas
Dado que la negatividad en las reacciones serológicas para enfermedades 
infecciosas no elimina totalmente el riesgo de transmisión, se deben 
evaluar todos los casos en que se sospeche una enfermedad adquirida por 
transfusión.

Se debe convocar y estudiar nuevamente a los donantes de las unidades de 
sangre o componentes involucrados, debiendo:
a) comunicar al médico asistente y al paciente los resultados de los
   exámenes realizados;
b) notificar al órgano gubernamental competente;
c) encaminar al donante para su tratamiento especializado y excluirlo
   temporaria o definitivamente del registro de donantes del servicio;
d) registrar en las fichas del receptor y del donante las medidas
   efectuadas para el diagnóstico, notificación y derivación.

N. TRANSFUSION AUTOLOGA

N.1. Preoperatoria

N.1.1. Principios generales

N.1.1.1. La donación autóloga preoperatoria ("predepósito") se refiere a 
la colecta y almacenamiento de sangre o componentes sanguíneos de un 
individuo para transfusión destinada a ese mismo individuo 
("donante-paciente").

N.1.1.2. El procedimiento de donación autóloga preoperatoria requiere la 
aprobación del médico hemoterapeuta y del médico del donante-paciente. 
Rige lo establecido en A.8.

N.1.1.3. La unidad debe ser rotulada con la leyenda "Exclusivamente para 
Transfusión Autóloga", reservada y empleada sólo para este propósito, a 
no ser que el donante-paciente y la unidad donada cumplan con todos los 
requerimientos establecidos en la Sección B, excepto los referentes a 
frecuencia, edad, pulso, tensión arterial, embarazo y peso.

N.1.1.4. En casos excepcionales y a criterio de cada Unidad de 
Hemoterapia o Servicio de Medicina Transfusional, se podrán utilizar 
unidades de donaciones autólogas para transfundir a otro receptor, 
siempre y cuando se cumplan con todas las exigencias de estas normas para 
la donación de sangre y que el donante - paciente haya autorizado este 
proceder por escrito.

N.1.1.5. Los pacientes que posean serología positiva para cualquiera de 
las patologías testeadas podrán o no ser aceptados en los programas de 
auto-transfusión de acuerdo al criterio fijado por la Unidad de 
Hemoterapia o el Servicio de Medicina Transfusional, teniendo en cuenta 
el riesgo que el mantenimiento de unidades con serología positiva 
represente para su estructura. En caso de aceptarse, es responsabilidad 
de los mismos contar con mecanismos especiales de identificación y 
control que eviten el uso homólogo de las unidades como así también el 
riesgo del personal técnico.

N.1.2. Criterios para donación
Debido a las circunstancias especiales inherentes a la transfusión 
autóloga, existen criterios flexibles para la selección del donante. En 
situaciones en que los requerimientos para la selección del dador (B.1) o 
la colecta de su sangre (B.2) no pueden ser aplicados, el Jefe o Director 
Médico debe establecer normas adecuadas, las que deben ser registradas en 
el manual de procedimientos.

Toda desviación a tales normas requerirá la aprobación del médico 
hemoterapeuta, por lo general en interconsulta con el médico del 
donante-paciente.

N.1.2.1 El volumen de la colecta de sangre debe respetar lo establecido 
en B.1.1.9.

N.1.2.2 No hay límites de edad para las donaciones autólogas.

N.1.2.3 La concentración de hemoglobina del donante-paciente no debe ser 
inferior a 11 g/dl, o el hematocrito no debería ser menor de 33%.

N.1.2.4 La frecuencia de las colectas para transfusión autóloga debe ser 
determinada por el médico hemoterapeuta. Preferentemente, no se debe 
colectar sangre al donante-paciente dentro de las 72 horas previas a la 
fecha programada para la cirugía o transfusión.

N.1.2.5 La colecta de sangre concurrente a la transfusión de unidades 
autólogas previamente recolectadas no debe ser emprendida más 
frecuentemente que cada 3 días. La transfusión de las unidades autólogas 
debe ser efectuada bajo supervisión médica.

N.1.2.6 No se deben realizar colectas para transfusiones autólogas si el 
donante-paciente presenta bacteriemia o está bajo tratamiento por 
bacteriemia.

N.1.3 Investigaciones en las unidades colectadas

N.1.3.1 Se deberá determinar el grupo ABO y el factor Rh (D) como se 
especificó en B.5.1 y B.5.2, respectivamente.

N.1.3.2 En la sangre autóloga obtenida de un donante-paciente se debe 
realizar la detección de anticuerpos irregulares como se especificó en 
B.5.4 y las pruebas para enfermedades transmisibles como se especificó en 
B.5.5.1. Se debe notificar al donante-paciente y a su médico sobre el 
hallazgo de cualquier anormalidad clínicamente significativa.

N.1.4 Además de lo establecido en B.6, el rótulo de la unidad autóloga 
debe contener por lo menos la siguiente información:

- Nombre y apellido del donante-paciente.
- Número de historia clínica y número de registro alfanumérico.
- La leyenda "Donante Autólogo" o la leyenda "Exclusivamente para
  Transfusión Autóloga", si corresponde lo establecido en N.1.1.3.

N.1.5 Investigaciones pretransfusionales
Previamente a la transfusión se deben practicar las determinaciones 
establecidas en G.1 y K.3. La realización de la prueba de compatibilidad 
mayor, según se especifica en G.3, es optativa.

N.2 Perioperatoria
La sangre puede ser colectada del paciente inmediatamente antes de la 
cirugía (dilución normo-volémica) o recuperada intraoperatoriamente del 
campo quirúrgico o de un circuito extracorpóreo (intra-operatorio). En 
situaciones postquirúrgicas y postraumáticas, la sangre derramada puede 
ser colectada de cavidades corporales, espacios articulares u otros sitos 
operatorios o traumáticos cerrados. El procedimiento puede variar desde 
la colección de sangre anticoagulada hasta el procesamiento más complejo 
de la sangre recuperada mediante equipos mecánicos de lavado y 
dispositivos para concentración y filtrado.

No está permitida la recuperación intraoperatoria cuando ésta presente 
riesgos de vehiculizar o diseminar agentes infecciosos y/o células 
neoplásicas.
N.2.1. Las unidades obtenidas en el preoperatorio inmediato, por 
hemodilución normo-volémica podrán ser utilizadas hasta 24 horas desde el 
inicio de la extracción, siempre que fueran colocadas a 4 ± 2º C antes de 
las 8 horas de iniciado el procedimiento.

N.2.2. La sangre rescatada intraoperatoriamente no debe ser transfundida 
a otros pacientes.

N.2.3. Los métodos empleados para recuperación de sangre deben ser 
seguros, asépticos y permitirán una identificación precisa de la sangre 
colectada. El campo utilizado debe estar libre de pirógenos, debe incluir 
un filtro capaz de retener partículas potencialmente nocivas para el 
receptor y debe impedir la embolia gaseosa. Si la sangre es calentada 
antes de su infusión, rige lo establecido en K.4.2. Debe identificarse 
con el nombre y número de historia clínica y registro alfanumérico, la 
fecha de nacimiento del donante - paciente, las características del 
producto y su fecha y hora de vencimiento.

N.2.4. Se debe mantener un completo protocolo escrito sobre tales 
procedimientos transfusionales, incluyendo la selección de 
anticoagulantes y soluciones usadas en el procesamiento, y los aspectos 
concernientes a la prevención y el tratamiento de reacciones adversas. 
Además, se debe establecer un programa de control de calidad. Se deben 
mantener procedimientos escritos, criterios para resultados aceptables y 
registros de resultados. Las medidas de control de calidad estarán 
destinadas a la seguridad del producto recuperado para el receptor.

N.2.5. La sangre recogida intraoperatoriamente y no transfundida durante 
o inmediatamente después de la cirugía deberá ser manejada según lo 
establecido en K.4. Si la sangre es alejada del receptor para su 
procesamiento o almacenamiento, se debe asegurar su apropiada 
identificación.

N.2.6. La sangre recuperada intraoperatoriamente o en condiciones 
postquirúrgicas o postraumáticas no debe ser transfundida luego de las 4 
horas de iniciada su colecta.

N.2.7. Debe haber un médico de la Unidad de Hemoterapia o del Servicio de 
Medicina Transfusional responsable del programa de transfusión autóloga y 
de recuperación intra-operatoria.

O. REGISTROS

O.1. Las Unidades de Hemoterapia o los Servicios de Medicina 
Transfusional tendrán un sistema de registro apropiado que permita 
rastrear la unidad de sangre o componente sanguíneo, desde su obtención 
hasta su destino, y controlar, los protocolos de laboratorio referidos a 
ese producto.

O.2. Los registros se conservarán convenientemente durante 5 años.

O.3. En los registros se indicará la persona que realiza el 
procedimiento.

O.4. Registro de donantes y de la donación de sangre
Se deberá registrar lo siguiente:
a) Número de donación correlativo, numérico o alfanumérico.
b) Datos personales (documento de identidad) del donante que permitan su
   correcta identificación a los efectos de citaciones posteriores;
c) Reacciones adversas durante la colecta, si hubieran ocurrido;
d) Peso, pulso, presión arterial, temperatura y valor de hemoglobina o
   hematocrito;
e) Firma-consentimiento de la veracidad de los datos suministrados y
   autorización de la colecta;
f) Razones por las cuales se rechazó la donación;
g) Resultados inmunohematológicos y serológicos;
h) Preparación de componentes, si se hubiera efectuado;
i) Si se tratara de sangre o hemocomponentes recibidos de otras Unidades
   de Hemoterapia o Servicios de Medicina Transfusional se debe registrar
   el origen junto con su numeración original.

O.5 Registros de pacientes
Se debe registrar lo siguiente:
a) Pedidos de transfusión;
b) Tipificación ABO y Rh (D);
c) Dificultades en la tipificación sanguínea;
d) Presencia de anticuerpos irregulares de significado clínico;
e) Resultado de las pruebas de compatibilidad;
f) Fecha, tipo, cantidad e identificación de las unidades transfundidas.
g) Complicaciones de las transfusiones.
h) Los números de las unidades transfundidas en las historias clínicas de
   los pacientes y número de registro alfanumérico.

O.6 Se llevará los registros de:
a) Procedimientos incluyendo hemaféresis, colectas terapéuticas de sangre,
   etc.;
b) Controles bacteriológicos (conservar registros por un año);
c) Controles de temperatura de las heladeras y congeladoras (conservar
   registros por 3 meses);

O.7. Los registros podrá ser informatizados, debiendo tener un soporte 
impreso diario, el cual será firmado por el responsable a cargo y 
archivado siguiendo el número correlativo de hojas pre-impresas. Todos 
los registros de la Unidad de Hemoterapia o Servicio de Medicina 
Transfusional son absolutamente confidenciales y sólo serán accesibles a 
los organismos oficiales de fiscalización.

P. CELULAS PROGENITORAS HEMATOPOYETICAS

P.1. Las células progenitoras hematopoyéticas de médula ósea, sangre 
periférica o sangre de cordón, son colectadas y transfundidas para 
proveer reconstitución hematopoyética transitoriamente o permanentemente 
en el receptor.

P.2. Selección del donante

P.2.1. La Unidad de Hemoterapia o Servicio de Medicina Transfusional es 
responsable de la selección del donante y el lugar del procedimiento 
tendrá el máximo de seguridad para el donante y el receptor.

P.2.1.1. Para donantes de médula ósea o de células progenitoras 
hematopoyéticas de sangre periférica se debe evaluar la salud del donante 
y determinar previamente la conveniencia de que el receptor reciba 
quimioterapia ablactiva en el momento en que el donante es admitido para 
la donación.

P.2.1.2. Los donantes de médula ósea alogénica o de células progenitoras 
hematopoyéticas deben cumplir con los criterios de elección para la 
donación (incluidos en la sección B).

En determinadas circunstancias la selección del donante puede necesitar 
desviarse de estas normas. Para ello necesitará la aprobación escrita de 
los médicos del donante y del receptor.

P.2.1.3. Para la donación de médula ósea y de células progenitoras 
hematopoyéticas de sangre periférica autólogas, el criterio de selección 
dependerá del juicio del médico del paciente.

P.2.1.4. La historia clínica personal y familiar del padre biológico y de 
la madre biológica si se conoce, debe ser documentada en el momento de la 
colecta de sangre de cordón y debe ser evaluada antes de la infusión de 
las células progenitoras hematopoyéticas de cordón.

P.2.2. Pruebas de laboratorio

La excepción de estas normas es permisible únicamente cuando exista 
aprobación documentada tanto del médico del donante como del médico del 
paciente.

P.2.2.1 Preparación de médula ósea o células progenitoras hematopoyéticas 
alogénicas:

P.2.2.1.1. Las pruebas de donantes anticipadas para el grupo ABO, factor 
Rh (D), anticuerpos irregulares deben estar incluidos en B.5.1, B.5.2 y 
B.5.4. Si hubo donación previa de médula ósea o de células progenitoras 
hematopoyéticas de sangre periférica se hará una comparación entre el 
grupo ABO y el factor Rh del último registro disponible.

Si existiera discrepancia entre el registro anterior y el actual, el 
componente donado no podrá ser utilizado hasta no esclarecer dicha 
discrepancia.

P.2.2.1.2. Dentro de los 30 días previos a la colecta de médula ósea o 
células progenitorias hematopoyéticas de sangre periférica se debe 
realizar pruebas para detectar HBsAg, anti-HBc, anti-HCV, anti-HIV-1, 
anti-HIV-2, anti-HTLV I y II y una determinación serológica para Sífilis, 
para anti-CMV, Chagas y enfermedades endémicas del país. Se recomienda la 
detección de anticuerpos para el EBV

P.2.2.1.3. Para los componentes que deben ser almacenados en el 
congelador o freezer, los test para HBsAg, anti-HBc, anti-HCV, 
anti-HIV-1, anti-HIV-2, anti-HTLV I y II, chagas y enfermedades endémicas 
del país, serán realizados el día de la primera colecta y cada 10 días 
durante el período de colectas múltiples.

P.2.2.1.4. Los resultados anormales para los tests de marcadores de 
enfermedades infecciosas, serán comunicados al donante. El consentimiento 
del receptor y del médico del paciente debe ser documentado para el uso 
de cualquier preparación de un donante alogénico con marcadores anormales 
de enfermedades infecciosas.

P.2.2.1.5. Donantes alogénicos con tests positivos confirmados para 
anti-HIV 1 y 2 o un test repetitivamente positivo para HIV-Ag, no podrá 
ser aceptado.

P.2.2.2. Preparación autóloga de médula ósea o células progenitoras 
hematopoyéticas de sangre periférica

P.2.2.2.1. El grupo ABO y el factor Rh deben ser determinados como está 
escrito en el B.5.1. y B.5.2.

P.2.2.2.2. Es aplicable el P.2.2.1.3

P.2.2.2.3. Los resultados anormales para tests de marcadores de 
enfermedades infecciosas deberán ser comunicados al médico del donante.

P.2.2.3. Preparación de sangre de cordón.

P.2.2.3.1. Dentro de las 48 horas antes o después de la colecta de sangre 
de cordón, una muestra de sangre de la madre o de la sangre del cordón 
donado debe ser testeado para HBsAg, anti-HBc, anti-HCV, anti-HIV-1, 
anti-HIV-2, anti-HTLV I y II y tests serológicos para sífilis, también 
para anti-CMV, chagas y enfermedades endémicas del país. Se deben 
realizar dos pruebas basadas en metodologías y/o antígenos diferentes 
para HIV 1 y 2.

P.2.2.3.2. Anormales resultados de test de marcadores de enfermedades 
infecciosas deben ser comunicados a la madre o al médico de la madre.

P.2.2.3.3. Los glóbulos rojos de la sangre de cordón colectados del 
donante pediátrico serán determinados para el grupo sanguíneo ABO con 
reactivo anti-A y anti-B. La determinación del factor Rh será realizada 
como se indica en B.5.2.

P.2.2.3.4. Los tests de anticuerpos irregulares de antígenos 
eritrocitarios deben ser realizados como lo indicado en B.5.4, usando ya 
sea suero o plasma de la madre o una muestra del donante pediátrico o de 
la sangre del cordón donado.

P.2.2.3.5. Se debe determinar el antígeno HLA- del donante y receptor, 
recomendándose que la determinación se efectúe por medio de pruebas de 
biología molecular.

P.2.3. Consentimiento del donante.
Se debe obtener el consentimiento por escrito de la madre del donante de 
la sangre de cordón.

P.3. Colecta y procesamiento de células progenitoras de sangre 
periférica.

P.3.1. Principios generales.

P.3.1.1. La colecta y el procesamiento de las células progenitoras 
hematopoyéticas de sangre periférica deben ser realizados de acuerdo a un 
protocolo escrito. Los protocolos de rutina deben ser parte del manual de 
procedimientos. Para protocolos de investigación, los registros deben 
incluir la aprobación de la Autoridad Sanitaria y legislación vigente de 
transplante de cada país.

P.3.1.2. Antes de la colecta y procesamiento de la médula ósea o de la 
obtención de células progenitoras hematopoyéticas de sangre periférica 
debe existir un acuerdo escrito entre el Servicio colector y procesador y 
el médico del receptor sobre los tiempos y los detalles del procedimiento 
de colecta.

P.3.1.3. Los métodos de la colecta y procesamiento deben emplear técnicas 
asépticas y métodos conocidos que garanticen resultados aceptables en la 
viabilidad y recuperación de las células progenitoras. El número de lote 
y la fecha de vencimiento de los reactivos y descartables deben ser 
registrados.

P.3.1.4. La preparación de células progenitoras hematopoyéticas no podrá 
recibir irradiación gamma. Estas preparaciones no podrán ser expuestas a 
radiación X de los aparatos diseñados para la detección de objetos 
metálicos.

P.3.2. Personal
Se debe poder identificar correctamente al personal que realiza cada una 
de las etapas de manipulación de las células progenitoras hematopoyéticas 
de sangre periférica (colecta, procesamiento, testeo, distribución).

P.3.2.1. El personal que efectúa cada uno de estos pasos debe tener 
documentación actualizada de su capacitación, entrenamiento y 
acreditación profesional de acuerdo a lo que determine la Autoridad 
Sanitaria y legislación vigente en cada país.

P.3.3. Control de Calidad

P.3.3.1. Cada establecimiento debe definir en su manual de 
procedimientos, las técnicas de laboratorio tendientes a evaluar la 
calidad y cantidad de las preparaciones de células progenitoras 
hematopoyéticas.

P.3.3.1.1. El director médico será responsable de indicar las 
circunstancias en las cuales estas técnicas serán realizadas, para 
asegurar que los protocolos han sido respetados y que los resultados han 
sido registrados y archivados.

P.3.3.2. Una muestra representativa de cada proceso de colecta de células 
progenitoras hematopoyéticas de sangre periférica debe ser estudiada para 
evaluar la contaminación bacteriana y fúngica. El director médico es 
responsable de la revisión de los resultados.

P.4. Almacenamiento de células progenitoras hematopoyéticas de sangre 
periférica.

P.4.1. La temperatura y la duración de almacenamiento deben estar 
definidos en el manual de procedimientos. Cuando una o mas unidades se 
deban transferir a otro establecimiento debe existir un mutuo acuerdo en 
relación a la temperatura y la duración del almacenamiento (formulado y 
documentado antes de la colecta).

P.4.2. Los compartimientos del refrigerador o freezer donde son 
almacenadas las preparaciones de células progenitoras hematopoyéticas 
tendrán la capacidad y el diseño necesarios para asegurar el 
mantenimiento de la temperatura apropiada durante todo el 
almacenamiento.

P.4.2.1. Los refrigeradores y los freezers deben tener un sistema 
continuo para monitorear la temperatura y registrarla al menos cada 4 
horas.

P.4.2.2. Cuando las células progenitoras hematopoyéticas son almacenadas 
en nitrógeno líquido, en fase gaseosa, la temperatura debe ser mantenida 
debajo de los -120º C.

P.4.2.3. Cuando las células progenitoras hematopoyéticas son almacenadas 
en refrigerador, la temperatura será mantenida entre 1º y 6º C por no más 
de 48 horas.

P.4.2.4. Los refrigeradores y freezers deben tener un sistema de alarma 
audiovisual.

P.4.2.4.1. La alarma deberá ser programada para activarse cuando la 
temperatura alcance un límite, que permita tomar acciones antes que el 
componente llegue a temperaturas indeseables.

P.4.2.4.2. La alarma debe sonar en una zona donde el personal de guardia 
pueda asegurar una acción correctiva inmediata.

P.4.2.4.3. El Sistema de alarma en el freezer de nitrógeno líquido debe 
activarse cuando el contenido de nitrógeno líquido sea insuficiente.

P.4.2.4.4. Los procedimientos escritos deben contener las directivas de 
cómo mantener los componentes dentro de temperaturas aceptadas y deben 
incluir instrucciones a seguir en caso de fallas eléctricas o 
alteraciones en la refrigeración.

P.4.2.5. Los compartimientos del refrigerador o freezer donde son 
almacenadas las células progenitoras hematopoyéticas, también pueden ser 
usados para almacenar muestras del donante, muestras del paciente y 
reactivos del banco de sangre, excepto en la limitación anotada en 
P.4.2.6

P.4.2.6. Almacenamiento de unidades con marcadores positivos de 
enfermedades.

Las preparaciones de las colectas cuyo testeo es incompleto, incluyendo 
las preparaciones de sangre de cordón cuyo testeo materno es incompleto o 
preparaciones que tienen tests confirmados positivos para HBsAg, 
anti-HBc, anti-HCV, anti-HIV-1, anti-HIV-2, o anti-HTLV I y II, chagas y 
enfermedades endémicas de cada país, o test repetidamente reactivo para 
HIV-1-Ag, deben ser almacenadas de manera de minimizar la posibilidad de 
una contaminación viral cruzada.

P.5. Registros.
Aplicación de la sección O.1. Los registros que deben ser conservados por 
5 años, aunque no todos estén inmediatamente disponibles, incluyen:

P.5.1. Registros de los procedimientos de colectas de células 
progenitoras hematopoyéticas, del procesamiento y/o almacenamiento.

P.5.2. Identificación y diagnóstico del paciente.

P.5.3. Información del donante.

P.5.3.1. Para donantes autólogos: la información de la identificación, la 
historia clínica, el examen físico, el consentimiento firmado y los 
marcadores de enfermedades infecciosas.

P.5.3.2. Para donantes alogénicos: la información de la identificación 
del donante y del receptor, incluyendo para las colectas de sangre de 
cordón, la de los padres y la del recién nacido; la historia clínica del 
donante, el examen físico, el resultado de tests de marcadores 
infecciosos, la interpretación de tests para ABO y factor Rh, la 
detección y la identificación de anticuerpos irregulares, la 
compatibilidad de glóbulos rojos con el receptor y el consentimiento 
firmado.

P.5.4. Preparación de células progenitoras.

P.5.4.1. Nombre de la preparación

P.5.4.2. Número único o identificación alfanumérica.

P.5.4.3 Volumen de la preparación, anticoagulantes y crioprotectores 
utilizados.

P.5.4.4. Datos de la colecta, procesamiento, almacenamiento, infusión y 
fecha de expiración, si existiera.

P.5.4.5 Información para identificar los establecimientos que efectuaron 
la colecta, el procesamiento, el almacenamiento y la función de cada 
uno.

P.5.4.6 Reacciones adversas.

P.5.4.7 Destino final de cada componente.

P.5.5 Nombre, firma, iniciales o código de identificación e inclusive 
datos de los cargos del técnico autorizado a firmar, inicialar, revisar 
los informes y los registros.

P.6. Rotulación.

P.6.1 Rótulo de la unidad colectada.
En el momento de la colecta y de la preparación de células progenitoras 
hematopoyéticas, el rótulo debe contener la siguiente información como 
mínimo:

P.6.1.1 Nombre de la preparación de células progenitoras hematopoyéticas

P.6.1.2 Fecha de la colecta.

P.6.1.3 Volumen aproximado del contenido.

P.6.1.4 Nombre y volumen de los anticoagulantes y otros aditivos.

P.6.1.5 Identificación del donante.

P.6.1.6 Nombre del receptor, si se conoce.

P.6.1.7 Identificación del establecimiento colector.

P.6.2 Rótulo para la infusión.

Previo a la salida para la infusión, el rótulo del envase final debe 
indicar como mínimo lo siguiente:

P.6.2.1 Nombre de la preparación de las células progenitoras 
hematopoyéticas.

P.6.2.2 Naturaleza de cualquier procedimiento empleado y fechas de 
realización.

P.6.2.3 Identificación numérica o alfanumérica única.

P.6.2.4 Identificación del establecimiento liberador.

P.6.2.4.1 Debe ser posible el rastreo de los distintos establecimientos 
intervinientes.

P.6.2.4.2 No debe haber más de dos números de identificación numéricos o 
alfanuméricos en cada unidad.

P.6.2.5 Volumen aproximado del componente.

P.6.2.6 Anticoagulante, si no está criopreservado o, si está 
criopreservado el criopreservante; y nombre de cualquier solución 
aditiva.

P.6.2.7 Temperatura de almacenamiento.

P.6.2.8 Fecha de vencimiento.

P.6.3 Para los preparados alogénicos, la etiqueta debe incluir el grupo 
ABO, factor Rh y resultado de estudio HLA del donante, la interpretación 
de los tests de anticuerpos irregulares (si es positiva); y la anotación 
"para uso exclusivo, del receptor designado".

P.6.3.1 Para los preparados de células de sangre de cordón el grupo ABO, 
el factor Rh será el del niño donante.

P.6.4 Para componentes autólogos, la etiqueta debe decir "para uso 
autólogo únicamente".

P.6.5 Etiquetas de riesgos biológicos.
Debe ser aplicada en cada unidad del donante sí:
1) el test anti-HIV-1 es confirmado positivo.
2) el test anti-HIV-2 es repetidamente reactivo.
3) el test de HBsAg es confirmado positivo.
4) El test anti-HCV es confirmado positivo.
5) el test anti-HBc es repetidamente reactivo.
6) el test de HIV-1-Ag es repetidamente reactivo.
7) el test de HTLV I y II es repetidamente reactivo

P.7 Infusión.
Debe confirmarse la identificación del receptor y del envase del 
preparado de células progenitoras hematopoyéticas.

P.7.1. Inmediatamente antes de la infusión, la persona que realizará la 
infusión debe verificar y documentar toda la información que identifica 
al envase con respecto al receptor. Esta verificación debe realizarse en 
presencia del receptor, ítem por ítem.

P.7.2 Toda identificación fijada en el envase debe mantenerse hasta que 
la infusión haya finalizado.

P.7.3 No se deben utilizar filtros de leucorreducción durante la infusión 
de los preparados de células progenitoras.

Q. PRINCIPIOS GENERALES DE CONTROL DE CALIDAD
La protección del donante, el receptor y todo el personal involucrado, 
objetivo principal de la Medicina Transfusional es solamente alcanzado y 
garantizado con un estricto control de calidad de todas y cada una de las 
prácticas transfusionales.

Q1. Organización y Métodos

Q.1.1 La Unidad de Hemoterapia o Servicio de Medicina Transfusional, debe 
poseer un manual de operaciones disponible en todo momento para todo el 
personal, que será revisado y actualizado anualmente por su Director.

Q.1.2 El Jefe o Director debe comunicar fehacientemente a todo el 
personal las modificaciones, simplificaciones de flujos y conductas 
técnicas que se introduzcan en el manual de operaciones.

Q.1.3 Se recomienda una rotación de tareas para evitar los errores 
producidos por la rutina y el automatismo del trabajo, promoviendo nuevos 
intereses.

Q.1.4 Debe exigirse un fiel cumplimiento a las normas de bioseguridad.

Q.2. Control de calidad del personal:

Q.2.1 Se buscará desde el momento de la selección del personal, un 
individuo atento y disciplinado, con dedicación al trabajo y disposición 
para la educación continua. La evaluación de su desempeño debe ser una 
preocupación constante del responsable de la Unidad de Hemoterapia o 
Servicio de Medicina Transfusional.

Q.2.2 El director técnico será un médico especialista o especializado en 
hemoterapia o hematología de acuerdo a la legislación vigente en cada 
país.

Q.2.3 Personal de apoyo: la calidad de los resultados se obtiene cuando 
el personal de apoyo tiene exacta noción de la importancia de su trabajo 
y plena conciencia de la necesidad de atención y vigilancia constante.

Q.2.4 Personal técnico:

Q.2.4.1 El control de calidad debe ser rígido y comprender técnicos 
capacitados y entrenados, en condiciones de responder de manera rápida y 
eficiente en situaciones de emergencia. Se debe fiscalizar rigurosamente 
los registros y transcripciones de sus actividades.

Q.2.4.2 Debe evitarse:
- confiar en la memoria o memorizar los resultados para registrarlos de
  una sola vez;
- anotar las observaciones posteriormente a la realización de un examen o
  a la detección de un problema;
- liberar resultados sin la correspondiente confirmación.

Q.2.4.3 No debe informarse resultados por vía telefónica, sobretodo los 
resultados serológicos de los donantes.

Q.2.5 Capacitación del personal:

Toda Unidad de Hemoterapia o Servicio de Medicina Transfusional, debe 
contar con un programa de capacitación del personal, que puede ser 
interno o externo. Ese programa debe cubrir a todo el personal del 
Servicio. A partir de este programa, serán tomadas las medidas de 
acreditación, educación continua y reciclaje.

Q.3 Control de calidad del equipamiento:
Los equipamientos deben ser controlados antes de su utilización rutinaria 
y operados de acuerdo con las normas especificadas por el fabricante. Su 
validación será efectuada a intervalos regulares de acuerdo a las 
características del equipo. Si se constatan irregularidades deben 
aplicarse las medidas correctivas pertinentes.

Q.3.1 Refrigeradores: Es necesario que de acuerdo a los niveles de 
complejidad los servicios tengan refrigeradores destinados a la 
conservación de reactivos y refrigeradores exclusivos para la 
conservación de componentes sanguíneos. No se deben almacenar ambos 
productos en un mismo refrigerador. Los refrigeradores deben contar con 
alarmas audiovisuales y control de temperatura.

Q.3.2 Temperatura: Debe ser mantenida en 4º C ± 2º C. La verificación de 
la temperatura debe realizarse no menos de cuatro veces al día. Los 
resultados deben ser registrados.

Q.3.3 Congeladores: Las temperaturas serán controladas y registradas no 
menos de cuatro veces por día.

Q.3.4 Centrífugas: Deben ser calibradas cada cuatro meses y después de 
cualquier servicio de mantenimiento, siendo necesario controlar la 
velocidad por medio de un tacómetro.

Q.3.5 Centrífugas refrigeradas: La verificación de temperatura del equipo 
debe ser realizada después de cualquier servicio de mantenimiento y/o 
cada cuatro meses como mínimo.

Q.3.6 Baños termostatizados o incubadoras (baños María): Deben poseer un 
termómetro de uso exclusivo y la temperatura debe ser registrada cada 24 
horas, recomendándose tomar la temperatura en distintas zonas del baño.

Q.4 Control de calidad de los reactivos inmunohematológicos y 
serológicos:

Q.4.1 La responsabilidad de la calidad de los reactivos es incumbencia de 
los fabricantes y de los organismos responsables de la fiscalización y 
liberación del producto. No obstante, los reactivos están sujetos a 
alteraciones cuando no se cumplen con las normas de conservación, 
utilización y/o transporte.

Q.4.2 Los reactivos deben ser almacenados de acuerdo a las instrucciones 
del fabricante, evitándose al máximo la permanencia del reactivo fuera de 
las temperaturas indicadas para su almacenamiento.

Q.4.3 El Servicio debe realizar pruebas de control de calidad en cada 
lote recibido para comprobar que los reactivos están dentro de los 
patrones establecidos y que no fueron alterados durante el transporte. Se 
deben verificar periódicamente posibles alteraciones durante su manipuleo 
o almacenamiento en las Unidades de Hemoterapia o en los Servicios de 
Medicina Transfusional.

Q.4.4 Los resultados de los controles deben ser registrados con el nombre 
del fabricante, el número del lote, la fecha de validez y el grado de la 
reacción obtenida.

Q.4.5 Deben ser establecidas medidas correctivas cuando sean detectadas 
anormalidades.

Q.5 Control de calidad de las técnicas empleadas:

Q.5.1 Se debe seleccionar un método adecuado para verificar la 
especificidad, sensibilidad y reproductibilidad de las técnicas 
empleadas.

Q.5.2 Se deben utilizar los medios necesarios para identificar fallas 
técnicas, alteración de los reactivos utilizados y errores cometidos por 
azar.

Q.5.3 Se deben utilizar sistemáticamente, durante el procedimiento 
técnico, controles negativos y positivos, para confirmar los resultados 
obtenidos.
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