Fecha de Publicación: 23/09/2003
Página: 728-A
Carilla: 6

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 6

 Requisitos de emisión del Certificado Digital.- Los requisitos para la 
emisión de Certificados Digitales serán los siguientes:
a) Presencia física del solicitante del certificado con documento de 
identidad vigente y válido en la República Oriental del Uruguay.
b) Un contrato en soporte papel, con fecha de emisión, en el que se 
consigna la información exacta trasladada de la documentación presentada 
firmado en forma manuscrita en el que deberá constar:
I) Responsabilidades del Solicitante respecto de la clave Privada cuya 
clave pública correspondiente se consigna en el certificado y todos los 
usos que a la misma se le dieran.
II) Declaración del solicitante de su total conocimiento y aceptación de 
la Declaración de Prácticas de Certificación y/o Política de 
Certificación correspondientes al certificado solicitado.
III) Responsabilidades del solicitante y del prestador de servicios de 
certificación respecto a la solicitud de revocación de un certificado, 
consignando plazos de responsabilidad.
c) Generar la clave privada cuya clave pública correspondiente se 
consignará en el certificado.
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