Fecha de Publicación: 15/12/1999
Página: 533-A
Carilla: 7

MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 6

 En todo Certificado se hará constar en su anverso lo siguiente: "Este
documento solamente justifica que su titular se encuentra en las
condiciones previstas en este decreto, cuyo texto se transcribe
íntegramente al dorso".
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